III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2022-22195)
Resolución de 16 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas externas con Traductores-Intérpretes en plantilla adscritos a órganos jurisdiccionales en Castilla-La Mancha.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 181855

d) Disfrutar de las mismas ventajas que el personal de la Universidad en lo
concerniente al acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades culturales,
entre otras.
La colaboración que presta el Ministerio de Justicia estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad de la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha,
en cuyo ámbito se realizarán las prácticas externas, por lo que surgida tal necesidad o
falta de disponibilidad en su caso, el convenio quedará suspendido, en tanto persistan
estas situaciones o, en su caso, extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este
sentido y sin derecho a reclamación alguna por parte de la Universidad o concesión de
indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia mediante la cesión de aulas, con ocasión de la
celebración de pruebas correspondientes a los procesos selectivos para el ingreso o
acceso de personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.
Segunda.

Condiciones y requisitos generales de las prácticas.

Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Se establecen dos modalidades de prácticas externas:

El alumnado será propuesto por la persona que ejerza la dirección de las prácticas
externas de la Universidad, y será seleccionado, junto con la persona que ejerce la
tutoría en la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha, entre quienes
resulten más idóneos/as en función de las características del trabajo a desempeñar.
El número de alumnos no será nunca superior a dos y las prácticas externas tendrán
la duración que marque el plan de estudios o las normas vigentes de prácticas externas.
La duración de las prácticas en la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha
en ningún caso será superior a 150 horas, realizándose en horario de mañana, siempre
en función del mejor funcionamiento de la Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La
Mancha
La incorporación de un/una alumno/a se materializará mediante el correspondiente
anexo al presente convenio, en el que se reflejará el proyecto formativo de las prácticas,
en el que se hará constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la
dedicación en créditos ECTS, las actividades formativas que debe desarrollar el
estudiante, el calendario y horario y lugar de realización, los datos identificativos del
estudiante y de los tutores designados por la Gerencia Territorial de Justicia en CastillaLa Mancha y la Universidad.
Las prácticas externas del alumnado elegido se ajustarán a las necesidades
organizativas establecidas por la persona que ejerce la tutoría en la Gerencia Territorial
de Justicia en Castilla-La Mancha, de tal modo que no se entorpezca el desempeño
normal de sus funciones.
La Gerencia Territorial de Justicia en Castilla-La Mancha observará y hará observar
las medidas de seguridad e higiene establecidas, informando por parte del servicio de
prevención, o en su defecto por el empleado público designado, de los posibles riesgos
en el ejercicio de su actividad formativa y de la actuación ante una emergencia en la
misma.

cve: BOE-A-2022-22195
Verificable en https://www.boe.es

a) Prácticas curriculares. Son las prácticas que tienen su origen en los diversos
planes de estudios, que son obligatorias para obtener la titulación requerida.
b) Prácticas extracurriculares. Son aquellas que los estudiantes realizan con
carácter voluntario, durante su período de formación y que, aun teniendo los mismos
fines, no están incluidas en los planes de estudios sin perjuicio de su mención posterior
en el Suplemento Europeo al Título.