I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de diciembre de 2022

Sec. I. Pág. 180755

General de Subvenciones aprobado mediante el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
acompañando una memoria detallada de las actuaciones realizadas y del coste incurrido en
cada una de ellas. La publicidad prevista en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 38/2003
se establecerá en el convenio que se suscriba para la concesión de esta subvención.
Disposición adicional décima tercera. Subvenciones nominativas financiadas con
ingresos procedentes de la tasa por la gestión administrativa del juego. Asociaciones.
Durante el año 2023, el Ministerio de Consumo aportará la cantidad de 125.000,00
euros, que se financiarán con la tasa por la gestión administrativa del juego, para la
realización de actividades y estudios por entidades sin ánimo de lucro que creen entornos
más seguros de juego.
Habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del
Ministerio de Consumo, esta aportación financiera tiene el carácter de subvención
nominativa que se instrumentará mediante un convenio a celebrar entre el Ministerio de
Consumo y tres asociaciones que tratan trastornos mentales de adicción al juego: la
Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados (FEJAR), la Associació Centre
Català d’Addiccions Socials (ACENCAS) y la Asociación Aragonesa de Jugadores de Azar
en Rehabilitación (AZAJER).
Disposición adicional décima cuarta. Subvenciones nominativas financiadas con ingresos
procedentes de la tasa por la gestión administrativa del juego. Hospitales.
Durante el año 2023 el Ministerio de Consumo aportará la cantidad de 100.000,00
euros, que se financiarán con la tasa por la gestión administrativa del juego, para la
realización de actividades y estudios del tratamiento de conductas adictivas por hospitales
del Sistema Nacional de Salud, que creen entornos más seguros de juego.
Habida cuenta de su consignación en el estado de gastos del presupuesto del
Ministerio de Consumo, esta aportación financiera tiene el carácter de subvención
nominativa que se instrumentará mediante un convenio a celebrar entre el Ministerio de
Consumo y los Hospitales de Bellvitge y Ramón y Cajal.
Disposición adicional décima quinta. Disposición de créditos financiados con ingresos
procedentes de la tasa por la gestión administrativa del juego.
Las cantidades dispuestas con cargo a los créditos del presupuesto del Ministerio de
Consumo consignados en las aplicaciones 31.05.496M.227.08, 31.05.496M.451,
31.05.496M.453.01, 31.05.496M.453.02, 31.05.496M.480, 31.05.496M.489.01,
31.05.496M.489.02, 31.05.496M.489.03, 31.05.496M.621 y 31.05.496M.641 no podrán
superar, en ningún momento, el 25 % del importe de la recaudación de la tasa por la gestión
administrativa del juego cuyo hecho imponible y cuantía se establece respectivamente en
los apartados 2 letra f) y 5 letra f) del artículo 49 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo certificado
por los órganos competentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
La disposición de los créditos se podrá realizar mensualmente y de manera conjunta.
La disposición que pudiera realizarse en función de los ingresos del mes de diciembre se
efectuará en el ejercicio siguiente.
Disposición adicional décima sexta.
SEPIE.

Régimen normativo de los fondos gestionados por el

Uno. La gestión de los fondos del Programa Erasmus+ de la Comisión Europea que
gestione el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE) se
regirán por las normas comunitarias aplicables, en concreto por el Reglamento (UE)
2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2021 por el que se
establece Erasmus+, el Programa de la Unión para la educación y la formación, la juventud
y el deporte, y se deroga el Reglamento (UE) n.º 1288/2013, por la Convocatoria de
Propuestas Anual del programa Erasmus+ y por la Guía anual del Programa Erasmus+.

cve: BOE-A-2022-22128
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Núm. 308