I. Disposiciones generales. JEFATURA DEL ESTADO. Presupuestos. (BOE-A-2022-22128)
Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
864 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 308

Sábado 24 de diciembre de 2022

Densidad de población

Sec. I. Pág. 180694

Factor k

Superior a 250 hb/ km2 y hasta 500 hb/km2

0,085

Superior a 500 hb/ km2 y hasta 1.000 hb/km2

0,12

Superior a 1.000 hb/ km2 y hasta 2.000 hb/km2

0,155

Superior a 2.000 hb/ km2 y hasta 4.000 hb/km2

0,19

Superior a 4.000 hb/ km2 y hasta 6.000 hb/km2

0,225

Superior a 6.000 hb/ km2 y hasta 8.000 hb/km2

0,45

Superior a 8.000 hb/ km2 y hasta 10.000 hb/km2

0,675

Superior a 10.000 hb/ km2 y hasta 12.000 hb/km2

0,9

Superior a 12.000 hb/km2

1,125

Superior a 100 hb/km2 y hasta 250 hb/km2

0,05

Las bandas de frecuencias para prestar servicios de radiodifusión serán, en cualquier
caso, las especificadas en el CNAF, sin embargo, el Secretario de Estado de
Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá autorizar usos de carácter temporal
o experimental diferentes a los señalados en dicho cuadro que no causen perturbaciones
a estaciones radioeléctricas legalmente autorizadas. Dichos usos, de carácter temporal o
experimental, estarán igualmente gravados con una tasa por reserva de dominio público
radioeléctrico, cuyo importe se evaluará siguiendo los criterios generales del servicio al
que se pueda asimilar o, en su caso, los criterios que correspondan a la banda de
frecuencias reservada.
Para el servicio de radiodifusión por satélite se considerarán únicamente los enlaces
ascendentes desde el territorio nacional, que están tipificados como enlaces de conexión
dentro del apartado 2.3.2 del servicio fijo por satélite.
Los enlaces de contribución de radiodifusión vía satélite, están igualmente tipificados
como tales dentro del apartado 2.3.1 del servicio fijo por satélite.
3.1

Radiodifusión sonora.

3.1.1

Radiodifusión sonora de onda larga y de onda media.

La superficie S será la correspondiente a la zona de servicio.
La anchura de banda B a considerar será de 9 kHz en los sistemas de modulación con
doble banda lateral y de 4,5 kHz en los sistemas de modulación con banda lateral única.
Coeficientes

Código de modalidad

C1

C2

C3

C4

C5

148,5 a 283,5 kHz

1

1

1

1,25

650,912 k

3111

526,5 a 1.606,5 kHz

1

1

1,5

1,25

650,912 k

3112

cve: BOE-A-2022-22128
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Frecuencias