III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-22076)
Resolución 420/38482/2022, de 16 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas y de trabajos de fin de grado/máster en unidades, centros y organismos de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180017

Si el Ministerio de Defensa y la URJC destinasen o tratasen los datos personales a
finalidad distinta de la prevista en el presente convenio, los comunicaran o los utilizaran
incumpliendo lo estipulado en el convenio y la normativa de protección de datos
personales, cada uno de los antes citados responderá de las responsabilidades que
deriven de los daños y perjuicios en que pueda haber incurrido, a fin de garantizar la
indemnización efectiva del interesado, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82.5
RGPD europeo.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se establecen tendrán validez
durante la vigencia del presente convenio y de sus prórrogas.
Quinta. Acceso al interior de la instalación militar.
El interior de una instalación militar cuenta con diversas zonas de seguridad. Al Jefe
de la instalación le corresponde autorizar expresamente a qué zonas puede acceder el
personal civil; dicha autorización deberá seguir lo especificado en la normativa de
seguridad de las instalaciones, y, en particular, lo detallado en el Plan de Seguridad de la
instalación militar. Por otra parte, el personal civil deberá seguir cuantas indicaciones le
sean requeridas en materia de seguridad.
El personal no militar que haya de acceder a instalaciones del Ministerio de Defensa
con motivo del desarrollo de las actividades previstas en este convenio no podrá
introducir, ni exhibir en dichos recintos, símbolos, distintivos, lemas impresos, etc. que,
por su contenido, o por las circunstancias en las que se muestren o usen, puedan
menoscabar el principio de neutralidad institucional o vulnerar las normas de seguridad.
En caso de incumplimiento de esta condición de acceso y permanencia la URJC lo
pondrá en conocimiento del interesado, y si no depone su actitud, la URJC le invitará a
abandonar la correspondiente instalación militar.
Sexta.

Financiación y obligación de cotización a la Seguridad Social.

Las actividades a desarrollar por este convenio no implicarán ningún compromiso
financiero para ninguna de las partes.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en el momento en que dicho
desarrollo reglamentario entre en vigor en la que se contemplen las obligaciones de las
partes para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley, en
caso contrario, se dará por extinguido el convenio.
Medidas de control y seguimiento.

A fin de procurar el desarrollo y seguimiento de este convenio, se constituirá una
comisión mixta formada por dos miembros de cada una de las partes, que serán
nombrados, respectivamente, por el Ministerio de Defensa y por la URJC.
Por el Ministerio de Defensa serán parte de la comisión mixta el Director y el Jefe
de Estudios de la escuela o centro de estudios correspondiente a la titulación o el Jefe
de unidad o área donde los alumnos realicen sus prácticas.
Por la URJC serán parte de la comisión mixta el Vicerrector de Innovación,
Transferencia y Relaciones con Empresas y el Vicerrector de Ordenación Académica, o
las personas en quienes ellos deleguen.
El Rector podrá sustituir a los miembros de la comisión mixta designados por parte
de la URJC que pierdan o cambien la condición por la que fueron designados para la
misma.
La comisión mixta se constituirá en el plazo de tres meses de la entrada en vigor de
este convenio y tendrá como finalidad promover las acciones que permitan cumplir los

cve: BOE-A-2022-22076
Verificable en https://www.boe.es

Séptima.