III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-22076)
Resolución 420/38482/2022, de 16 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas y de trabajos de fin de grado/máster en unidades, centros y organismos de la Armada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180016

Las prácticas consistirán en el desarrollo de las actividades relacionadas en el
correspondiente proyecto formativo. Como anexo a este convenio se incorpora la
declaración de conformidad de los estudiantes, por las que manifiestan conocer las
condiciones de realización de las prácticas, sus derechos y deberes.
Los trabajos académicos desarrollados por los estudiantes durante las actividades
objeto de este convenio, ya sean de carácter documental, científico o de desarrollo
tecnológico, podrán ser utilizados por el Ministerio de Defensa, si resultan de interés para
este, y cumpliendo, en cualquier caso, la normativa vigente sobre propiedad intelectual.
Si el trabajo se publica, incluirá una referencia o agradecimiento al Ministerio de Defensa
(Armada).
Por causas debidamente justificadas, y tras el trámite de audiencia, cualquiera de las
partes podrá resolver el período de prácticas a cualquier estudiante.
Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.

La información que, en el marco de la ejecución de este convenio, obtenga la
la URJC del Ministerio de Defensa, con la expresa autorización de este para su
explotación, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente
sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de este. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida de este convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.
Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sea de aplicación, lo
establecido en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de protección de datos, RGPD
europeo), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, y en las disposiciones de desarrollo que
se dicten.
Los datos personales que se traten con motivo del presente convenio se
incorporarán a los registros de actividades de tratamiento de las partes intervinientes,
con la finalidad de gestionar las actuaciones que se prevén en el convenio. Los titulares
de los datos personales podrán ejercitar ante los responsables de los datos personales
los derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos personales, y
de limitación u oposición al tratamiento.
Sobre el Ministerio de Defensa y la URJC recaen las responsabilidades que deriven
de la condición de responsables del tratamiento de datos personales. El Ministerio de
Defensa y la URJC asumen la obligación de informar a los interesados sobre las
características del tratamiento de los datos personales, y las obligaciones que se deriven
de la implantación de medidas técnicas y organizativas de cada corresponsable y el
mecanismo establecido en caso de violaciones de seguridad; así como el
establecimiento de los oportunos mecanismos de respuesta al ejercicio de derechos por
parte de los interesados.
Si hay cesión de datos personales a terceras entidades se informará previamente a
los interesados.

cve: BOE-A-2022-22076
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.