II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-21826)
Resolución 400/38480/2022, de 15 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179648

En el llamamiento único, decaerán en su derecho las personas opositoras que no
comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la
realización del ejercicio, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer,
en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.
Se habilita a los tribunales para que adopten las medidas, instrucciones o
resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las
pruebas selectivas o de algunas de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a
seguir en el uso de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales para hacer
accesibles los procesos mediante la territorialización, según la lista de admitidos, si bien
en este caso la territorialización solo se producirá en la provincia de Madrid.
7.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede
en la Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa (Calle Princesa
n.º 32-36, 28071 Madrid/teléfonos 91/4546281-91/4546199 y correo electrónico:
recursoshumanosOPE-HCD@mde.es).
8.

Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de las personas aspirantes en la fase de oposición se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra «U», según lo establecido en la Resolución de
la Secretaria de Estado de Función Pública de 9 de mayo de 2022 (BOE del 13), por la
que se hace público el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de
Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.
8.1 Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único, siendo
excluidas de la oposición quienes no comparezcan.
8.2 El tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la
acreditación de la identidad de las personas aspirantes. Asimismo, si tuviera
conocimiento de que alguna de ellas no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en
la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante, previa
audiencia de la persona interesada.
8.3 Concluido el ejercicio de la fase de oposición, el tribunal hará pública la relación
de las personas aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido en el proceso
selectivo para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.
8.4 Las personas aspirantes que superen la fase de oposición dispondrán de un
plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la
relación de las personas aprobadas del proceso selectivo, para aportar la documentación
acreditativa de los méritos alegados en la fase de concurso. La documentación relativa a
la fase de Concurso, deberá ser registrada con tramitación electrónica, de conformidad
con la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el
que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por
medios electrónicos, y se dirigirá al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa
(Subdirección General de Personal Civil), calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
8.5 La no presentación de la documentación de los méritos alegados supondrá la
no valoración a la persona aspirante en la fase de concurso.
8.6 El tribunal publicará las calificaciones provisionales obtenidas en la fase de
concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la puntuación total.
Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar a partir
del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes en base a la documentación presentada, sin que pueda admitirse la
presentación de nueva documentación. Finalizado dicho plazo, el tribunal publicará
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
8.7 Superación del proceso selectivo.
8.7.1 Finalizado el concurso-oposición, el tribunal hará pública la relación de
personas aprobadas por orden de puntuación total del proceso selectivo, en los medios
de publicación señalados en la presente convocatoria.

cve: BOE-A-2022-21826
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Núm. 307