III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-22102)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Plantas fotovoltaicas Masia I y Masia II, y su línea eléctrica de evacuación de 30 KV en Puertomingalvo y Mosqueruela (Teruel)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

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– Matorrales pulvinulares de Genista pumila subsp. rigidissima (HIC 4090): 0,073 ha.
– Matorrales bajos meso-supramediterraneos: 0,139 ha.
– Pastos xerófilos de la media y alta montaña húmeda del Sistema Ibérico
(HIC 6210): 1,186 ha.
– Pinares de Pinus sylvestris con sotobosque de Juniperus sabina del Sistema
Ibérico: 0,663 ha.
– Pastos intensivos secos o poco húmedos: 0,107 ha.
– Cultivos extensivos de secano de montaña (supra y oromediterráneos): 0,102 ha.
A esta relación, habría que añadir que, de acuerdo con las «Bases ecológicas
preliminares para la conservación de los tipos de hábitat de interés comunitario en
España», los pastizales xerófilos supramediterráneos de Festuca hystrix y Poa ligulata
deben entenderse incluidos en el HIC 6170.
Por tanto, los Hábitats de Interés Comunitario que se verían afectados por el
proyecto tras las modificaciones son el HIC 4060 (16,77 ha), el HIC 6170 (3,95 ha), el
HIC 4090 (3,37 ha) y el HIC 6210 (1,81 ha).
La reducción de superficie ocupada por las plantas fotovoltaicas redunda en un
menor impacto sobre la vegetación. En concreto cabe destacar que la superficie
afectada de matorral de sabina rastrera (HIC 4060) disminuye en un 18% respecto al
proyecto original, la de pinar de Pinus sylvestris con Juniperus sabina un 32% y la de
pastos xerófilos supramediterráneos de Festuca hystrix y Poa ligulata (HIC 6170)
un 33%.
Tal y como se indica en la Adenda del estudio, la afección mayor corresponde a los
matorrales de sabina rastrera debido a que sería cortado en toda la zona de instalación
de los paneles solares para permitir el movimiento de la maquinaria, aunque la
ocupación final de las infraestructuras sobre esta formación es menor. Sin embargo, se
indica que la superficie afectada de este HIC representa el 5,45% del total existente en el
área de estudio, considerando que el proyecto no compromete la supervivencia de este
tipo de vegetación, muy abundante en zonas próximas a la del estudio.
Las formaciones de pinar de pino albar con sabina rastrera y las de matorrales de
Erinacea anthyllis (matorrales xeroacánticos, HIC 4090) también son eliminados
permanentemente por el desbroce inicial, suponiendo en estos casos un 0,22% y 2% de
superficie respecto al área de estudio.
Frente a estos impactos, el estudio prevé reducir la superficie alterada de vegetación
natural durante la construcción, restaurar el espacio ocupado temporalmente mediante
una siembra de herbáceas y una plantación de arbustos adaptados al medio, y señalizar
los límites de las obras para evitar desbroces innecesarios.
A criterio del INAGA la superficie afectada de los HIC, prioritarios o no, deberá ser
restaurada o compensada, especificando la manera en la que deberían realizarse dichas
actuaciones, la cual se ha reflejado en el condicionado de esta resolución.
Fauna.

En la fase de construcción, se podría producir un impacto sobre la fauna derivado de
las actuaciones en el desbroce y el movimiento de tierras, que implican la pérdida de
hábitat para las especies ligadas a estos biotopos, y el consecuente desplazamiento.
Además, varias especies podrían verse afectadas por los ruidos y sufrir atropellos. En la
fase de explotación, persistiría la afección por la pérdida de hábitats de forma
permanente, y se suman el efecto barrera y la mortalidad, principalmente de aves.
En el caso de la línea subterránea, las afecciones en fase de construcción se
atenúan por el hecho de que el trazado discurra mayoritariamente por caminos, donde se
encuentra menos diversidad y densidad de especies motivada por el uso de la
infraestructura. Todo ello implica que disminuya significativamente la posibilidad de
afecciones a áreas reproductivas, nidos, madrigueras refugios, posibles bebederos,
áreas de alimentación, etc. En la fase de explotación, no se generarán afecciones sobre

cve: BOE-A-2022-22102
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4.2.3