II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Personal laboral. (BOE-A-2022-21824)
Resolución de 15 de diciembre de 2022, del Consorcio Casa África, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de puesto de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179631

b) Retribución y demás condiciones laborales: las que corresponde a la categoría
de Técnico/a de mantenimiento, encuadrada en el grupo profesional 3, según el
convenio laboral del Consorcio de Casa África.
c) Régimen de incompatibilidades: el previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.
d) Funciones principales del puesto a cubrir:
– Reparaciones varias (fontanería, carpintería, albañilería, electricidad y pintura).
– Montaje y desmontaje de las salas de exposiciones y su adecuación (pintura,
iluminación, etc.).
– Control de los sistemas de evacuación de aguas pluviales.
– Cuidado y mantenimiento de la sede e instalaciones.
– Adecuación de los espacios destinados a actividades en la sede e instalaciones.
– Control del almacenamiento de materiales, así como su retirada.
– Gestiones con gestores autorizados para la retirada de materiales.
– Solicitud y valoración de presupuestos para la contratación menor en el ámbito
material de tareas.
– Supervisión de los servicios realizados por las empresas externas relacionadas
con mantenimiento de instalaciones.
– Reparto de materiales de archivo entre las áreas de la institución.
– Recepción y atención al público.
– Apertura de la sede y las salas de exposiciones.
Tercera.

Régimen de contratación.

La persona que obtenga la mayor puntuación en el proceso selectivo suscribirá un
contrato laboral de carácter indefinido a tiempo completo con el Consorcio Casa África,
siempre que supere la puntuación mínima establecida en estas bases.
De conformidad con el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se
regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas
con discapacidad, en la gestión de la lista de reserva, al menos el 5 % de los
nombramientos se realizarán a las personas aspirantes que hayan concurrido al proceso
acreditando el reconocimiento de un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, de
forma que, de cada diez nombramientos que se realicen, al menos uno habrá de recaer
a favor de un integrante de dicho colectivo.
Cuarta.

Requisitos.

Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán
poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener
hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo, los siguientes requisitos de
participación:
Nacionalidad:

a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud un documento
expedido por un organismo oficial que acredite las condiciones que se alegan.

cve: BOE-A-2022-21824
Verificable en https://www.boe.es

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