II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Personal laboral. (BOE-A-2022-21828)
Resolución de 14 de diciembre del 2022, del Consorcio de la Ciudad de Cuenca, por la que se aprueban las bases y convocatoria para la provisión de plazas de personal laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179690

se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea: 3 puntos por año o
fracción superior a seis meses.
b)

Méritos académicos: 40 puntos.

b.1) Por haber superado uno o más ejercicios de los procesos selectivos para el
acceso al mismo nivel de clasificación profesional recogido en el anexo I, en los
últimos cinco años: 2 puntos.
En caso de que dichas convocatorias no se hayan celebrado en dicho periodo, el
porcentaje de valoración se repartirá proporcionalmente entre los otros dos méritos
académicos previstos en este apartado.
b.2) Por haber realizado, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de la
presente convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento, convocados e
impartidos por la Administración Pública estatal, autonómica y local, universidades,
servicios públicos de empleo, colegios profesionales y organizaciones sindicales:
Máximo 14 puntos. Con el siguiente detalle en la suma de horas por la totalidad de
cursos de formación:
– De 15 a 39 horas: 7 puntos.
– 40 o más horas: 14 puntos.
No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a quince horas, en el
caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición.
b.3) Poseer una titulación académica o de formación especializada, siempre que
pertenezca a la misma rama o familia profesional, de nivel superior u otra titulación del
mismo nivel de clasificación profesional a la exigida en la convocatoria.
Máximo 24 puntos.
6.3

Criterios de desempate:

En caso de empate en la puntuación de concurso de méritos, los criterios de
desempate son los siguientes y por este orden:
1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma categoría
profesional y especialidad en el Consorcio de la Ciudad de Cuenca a la que se opte.
2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la
Administración del Estado.
3. Mayor puntuación en méritos profesionales.
4. Mayor puntuación en méritos académicos.
6.4
a)

Acreditación de los méritos relativos a la experiencia profesional:
Los servicios prestados en el Consorcio de la Ciudad de Cuenca:

No habrán de ser acreditados por las personas aspirantes, de conformidad con el
apartado uno de la presente base, siendo éstos aportados de oficio por el Área
Administrativa.
Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas:

La experiencia profesional se acreditará a través de certificado de servicios
prestados emitido por el órgano competente de la Administración donde se hubiesen
efectuado, indicándose la clasificación profesional y funciones del puesto desempeñado.
6.5

Acreditación de los méritos académicos:

Titulaciones académicas: Copia auténtica del título expedido por el órgano
competente que corresponda.

cve: BOE-A-2022-21828
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b)