III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-22112)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Málaga, para la realización de la investigación "Recuperación Cinematográfica del cineasta Fernando Ruiz Vergara y su productora Tangana Films".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180428

el ICAA ya existen, por lo que los compromisos adquiridos no suponen ni la adquisición
de materiales ni de equipamientos de forma expresa para este convenio. El apoyo
técnico y profesional que ofrece el ICAA como una de sus obligaciones se hará con el
personal de plantilla. Se estima que los gastos ordinarios correspondientes a estos
conceptos materiales y personales podrían ascender a 10.000 euros en el total de los
cuatro años de duración del convenio.
La actividad de este convenio conlleva un gasto para la Universidad de Málaga en
concepto de gastos de viaje entre Málaga y Madrid para los investigadores del proyecto
cuantificado en un importe total de 2.388 euros y desglosado en costes de alojamiento
(840 euros), manutención (768 euros) y transporte (780 euros) de 2 personas en 3
viajes. Al margen de este gasto directo adicional, los compromisos adquiridos en el
convenio se llevarán a cabo con la aportación de medios materiales y personales que ya
existen en la Universidad.
Quinta. Protección de datos.
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones establecidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales («LOPD») y su normativa de desarrollo o aquella que la sustituya.
A tal efecto, en el supuesto de que pueda producirse un potencial acceso por parte de
cualesquiera de las partes a datos de carácter personal responsabilidad de la otra parte,
las partes se comprometen a suscribir un contrato, con carácter previo a dicho acceso,
en el que se incluyan las menciones requeridas por la legislación vigente en materia de
protección de datos.
Sexta. Confidencialidad.

Séptima.

Ética y buen comportamiento.

Las partes cumplirán con todas las leyes y con cualesquiera otras disposiciones
normativas, españolas o extranjeras, que, en materia de corrupción, sobornos, cohecho
y cualesquiera otras prácticas análogas le sean aplicables. Asimismo, la Universidad de
Málaga y el ICAA, se comprometen a actuar de acuerdo con los valores éticos y
principios básicos de comportamiento esperados atendiendo al objeto del presente
convenio.

cve: BOE-A-2022-22112
Verificable en https://www.boe.es

Las partes quedan expresamente obligadas a mantener absoluta confidencialidad y
reserva sobre los datos con los que se trabajen con ocasión del desarrollo del presente
convenio mediante los respectivos convenios específicos o contratos de investigación,
especialmente los de carácter personal, que no podrá copiar o utilizar con fin distinto al
que figure en los respectivos documentos que suscriban, ni tampoco ceder a otros, ni
siquiera a efectos de conservación, sin el previo consentimiento por escrito de la otra
parte. Igualmente, ambas partes se comprometen a no difundir, de ninguna forma, la
información técnica, científica o comercial a la que hayan podido tener acceso durante el
desarrollo de los respectivos proyectos sin que conste autorización expresa de la otra
parte, mientras esas informaciones no sean de dominio público o su revelación sea
requerida judicialmente.
Las partes informarán a su personal, colaboradores y subcontratistas de las
obligaciones establecidas en la presente cláusula de confidencialidad, así como de las
obligaciones relativas al tratamiento automatizado de datos de carácter personal
conforme a la legislación vigente.
Las obligaciones de confidencialidad especificados en el presente convenio
continuarán vigentes durante cinco años a partir de la extinción del presente convenio.
La publicación de los resultados de las investigaciones realizadas que sean
consecuencia de las actuaciones objeto del presente convenio se realizarán con el
consentimiento de las partes y la mención expresa de este acuerdo.