III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2022-22110)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a EDP Renovables España, SLU, la autorización administrativa previa para la Planta Fotovoltaica "La Oliva", de 49,97 MW de potencia instalada, así como de la infraestructura de evacuación asociada: "Subestación Eléctrica Benejama Colectora 30/220 kV", Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV "LAAT Benejama Colectora-Set Benejama Generación 220 kV", "Subestación Eléctrica Benejama Generación 30/220 kV, Línea Eléctrica de Alta Tensión en 220 kV de conexión de la SET Benejama Generación 30/220 kV-SET R.E.E Benejama 220 kV", en Villena, Campo de Mirra, Cañada y Benejama (Alicante) y Caudete (Albacete).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 23 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 180414

reglamentariedad del cruzamiento de la línea de evacuación aérea a 220 kV «SET
Benejama Colectora a SET Benejama Generación» con la línea aérea a 400 kV
Benejama-Sax, vano 307-3E, propiedad de REE, el promotor propone incluirla en el
proyecto de ejecución, así como en la separata de proyecto que se redactará, para
aclarar la afección a la LAAT 400 kV Benejama-Sax citada.». El promotor informa a REE
de que, con el fin de respetar la zona de protección requerida en la normativa
autonómica de carreteras (Ley 6/1991), ha propuesto desplazar la ubicación de la
subestación fuera de dicha zona de protección, pero en todo caso dentro de la
parcela 31 del polígono 4 prevista inicialmente. Esta modificación afectará a la ubicación
de las dos instalaciones a las que REE había indicado su no oposición (SET Benejama
Generación y LAAT a 220 kV SET Benejama Generación a SET REE Benejama), por lo
que se indica por parte del promotor que se incluirá en el proyecto de ejecución, así
como en la separata de proyecto, la nueva ubicación de dichas instalaciones para
confirmar la aprobación de REE. El promotor manifiesta su conformidad respecto a la
tramitación independiente de los procedimientos de acceso y conexión de la instalación.
Se ha recibido contestación de ADIF en la que no se manifiesta oposición, al no
observar incumplimiento de la legislación sectorial vigente en materia ferroviaria. Sin
embargo, se expresa la necesidad de solicitar por parte del promotor la correspondiente
autorización a ADIF, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 38/2015, de 29 de
septiembre, del Sector Ferroviario, al preverse en el proyecto varios cruzamientos de la
línea aérea con las vías del ferrocarril. Se ha dado traslado a EDP Renovables de dicha
contestación, el cual expresa su conformidad con la misma.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Campo de Mirra, del
Ayuntamiento de Cañada, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca de
la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición
Ecológica de la Generalitat Valenciana, de la Dirección General Industria y Energía de la
Consejería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la
Generalitat Valenciana, de la Unidad de Carreteras en Alicante de la Demarcación de
Carreteras del Estado en Comunidad Valenciana, de la Diputación Provincial de Alicante,
ni de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes. Se entiende la conformidad de los mismos de
aquellos consultados a los solos efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre
y todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
El Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante emitió
informe en fecha 10 de septiembre de 2021.
Respecto a la tramitación en Albacete:
No se han recibido alegaciones.
Se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Caudete en la cual manifiesta su
disconformidad con el proyecto en tanto no se proceda a la modificación del proyecto de
la línea eléctrica por los graves perjuicios de afección al futuro Parque Tecnológico
Empresarial de Caudete, en adelante PTEC, siendo esta zona el futuro desarrollo
industrial del municipio. En concreto se indica que las parcelas 362 y 9007 incluidas en el
proyecto de la línea se encuentran afectadas por el Plan Parcial del PTEC. En concreto
el tramo que les afecta es la línea eléctrica que une los apoyos 21 y 22 y solicita por
tanto la modificación del proyecto de la línea eléctrica por afección a la futura zona
industrial (aún no urbanizada). La respuesta del Ayuntamiento de Caudete es trasladada
al promotor. El promotor da respuesta al Ayuntamiento de Caudete, manifestando su
disposición a modificar el tramo de línea indicado, de manera que se cumplan las
distancias reglamentarias con la delimitación de la futura zona industrial y ésta no se vea
afectada, teniendo en consideración los reparos del Ayuntamiento de Caudete. Dichas
modificaciones quedarán reflejadas en la documentación que se presentará para la
solicitud de Autorización Administrativa de Construcción de la línea de 220 kV de Planta
Solar Fotovoltaica «La Oliva», así como en la correspondiente separata del proyecto que

cve: BOE-A-2022-22110
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Núm. 307