III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-22084)
Orden ICT/1276/2022, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de "Última Milla" en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 307

Viernes 23 de diciembre de 2022
Disposición transitoria
ayudas 2021.

única. Régimen

aplicable

a

Sec. III. Pág. 180123
las

convocatorias

de

Lo dispuesto en esta orden no será aplicable a la convocatoria de ayudas para 2021
aprobada por la Orden ICT/1519/2021, de 30 de diciembre, por la que se aprueban las
bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en
empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al
año 2021, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, salvo lo
dispuesto en la disposición adicional única. De igual manera, las referencias en el
artículo 8.5 a) de la presente orden de bases al artículo 13.3 bis de Ley 38/2003, de 17
de noviembre y en el artículo 11.3 al artículo 31.2 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, no se aplican a la convocatoria correspondiente al año 2021.
Disposición final primera. Título competencial.
Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Las modificaciones de las bases reguladoras surtirán efectos para las convocatorias
de 2022 y 2023.
Madrid, 16 de diciembre de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo,
María Reyes Maroto Illera.
ANEXO III
Modelo declaración responsable minimis y de otras ayudas
[Todos y cada uno de los participantes como beneficiarios deberán rellenar, firmar
y presentar esta declaración]
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE OTRAS SUBVENCIONES O AYUDAS PÚBLICAS
COBRADAS Y/O SOLICITADAS PARA LA MISMA ACTUACIÓN O FINALIDAD QUE LA
SOLICITADA EN EL CONTEXTO DEL PRESENTE PROGRAMA DE AYUDAS, O BAJO
EL RÉGIMEN DE MINIMIS DURANTE LOS DOS EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES
Y DURANTE EL EJERCICIO FISCAL EN CURSO, DE CUALQUIER ADMINISTRACIÓN,
ORGANISMO O ENTIDAD PÚBLICA, NACIONAL O INTERNACIONAL
EL DECLARANTE:
Don/Doña
Por sí mismo o en
representación de la
entidad
Con CIF
En calidad de
Datos de contacto
(dirección, teléfono, email).

cve: BOE-A-2022-22084
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