II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2022-21765)
Resolución 400/38476/2022, de 13 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306

Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 179126

hayan sido convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de
Administración Pública, por otros Institutos de Administración Pública o por Organizaciones
Sindicales u otros agentes promotores dentro del marco del IV Acuerdo de Formación
Continua en las Administraciones Públicas, con una duración mínima acreditada de 15
horas, hasta un máximo de 10 puntos a razón de dos puntos por cada curso.
No se podrá acumular la puntuación de un curso como recibido e impartido.
Los requisitos y méritos se acreditarán mediante el certificado recogido en el anexo V
(personal laboral) a la presente Orden. La documentación que acredite los cursos de
formación y perfeccionamiento a valorar se acompañará al certificado de requisitos y
méritos.
3. Calificación final. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada
por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
a)

Entre personal funcionario de carrera:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida
en el primer ejercicio, la mayor puntuación obtenida en la valoración de los servicios
prestados, la mayor puntuación obtenida en la valoración del grado personal, y la mayor
puntuación obtenida en la valoración de los cursos de formación, por este orden.
De persistir el empate se resolverá mediante la realización de una prueba
relacionada con el contenido y materias propias del proceso selectivo juzgado.
b)

Entre personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida
en el primer ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida en la
valoración de los servicios prestados, la mayor puntuación obtenida en la valoración del
grupo profesional, y la mayor puntuación obtenida en la valoración de los cursos de
formación, por este orden.
De persistir el empate se resolverá mediante la realización de una prueba
relacionada con el contenido y materias propias del proceso selectivo juzgado.
Entre personal funcionario y personal laboral fijo:

En primer lugar la mayor antigüedad total en la Administración General del Estado,
computándose los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de publicación de esta convocatoria. A continuación la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio de la fase de oposición, la mayor puntuación obtenida
en el primer ejercicio de la fase de oposición.
De persistir el empate se resolverá mediante la realización de una prueba
relacionada con el contenido y materias propias del proceso selectivo juzgado.
En el caso de que no consten los datos de antigüedad en el citado Registro, serán
las unidades de personal correspondientes las que acreditarán los referidos datos al día
de publicación de la convocatoria.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, y con el fin de asegurar la cobertura de las
plazas convocadas, siempre que los tribunales hayan propuesto el nombramiento de

cve: BOE-A-2022-21765
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c)