II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2022-21765)
Resolución 400/38476/2022, de 13 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por promoción interna, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
10.
Sec. II.B. Pág. 179122
Relaciones con la ciudadanía
10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su
sede en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», carretera de
Torrejón a Ajalvir, km 4,5 Torrejón de Ardoz (Madrid), código postal 28850,
teléfonos 915201227; 915201149; 915876690, 915201311, y 915201243, correo
electrónico: OEPfuncionarios@inta.es.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
La presentación de la documentación y, en su caso, subsanación o impugnación de
las actuaciones, deberá hacerse a través de medios electrónicos.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/portalservicios, en la página
web del INTA, http://www.inta.es/INTA/es/bolsa-de-empleo/funcionarios/, así como en la
página web http://www.administracion.gob.es, y en el Portal Funciona.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de las
personas aspirantes con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes
pruebas.
Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso y publicación de
valoración de méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de
requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio,
Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de
conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20
de julio. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como anexo V. Asimismo se
acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de
concurso, que se acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de
pertenecer como funcionario/funcionaria de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas
del Subgrupo A2 recogidos en la base específica 6.1.1, con los requisitos que en ella se
indican, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al
menos dos años como funcionario/funcionaria de carrera en los Cuerpos o Escalas del
Subgrupo A2 mencionados, en los términos indicados en la base 6.2.1.
En el caso del personal laboral fijo, el certificado habrá de contener acreditación de
pertenecer como personal laboral fijo a alguno de los grupos profesionales y
especialidades del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración
General del Estado, definidos en la base 6.1.2, o grupo profesional equivalente incluido
en los restantes convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus
Organismos Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en
el ámbito del Real Decreto de oferta de empleo público, e igualmente acreditación de
que desarrolla las actividades que se detallan en dicha base. Asimismo acreditación de
haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en
los grupos profesionales y especialidades mencionados, incluidos los prestados en
puestos que hayan sido encuadrados en los mismos, en los términos indicados en la
base 6.2.2.
11.3 Si alguna de las personas aspirantes funcionarios o funcionarias, en servicio
activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por
promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los méritos que figuren
inscritos en el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la
consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido
para presentar la documentación, la persona aspirante deberá dar su conformidad,
cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.
cve: BOE-A-2022-21765
Verificable en https://www.boe.es
11.
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
10.
Sec. II.B. Pág. 179122
Relaciones con la ciudadanía
10.1 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los Tribunales tendrán su
sede en el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial «Esteban Terradas», carretera de
Torrejón a Ajalvir, km 4,5 Torrejón de Ardoz (Madrid), código postal 28850,
teléfonos 915201227; 915201149; 915876690, 915201311, y 915201243, correo
electrónico: OEPfuncionarios@inta.es.
10.2 En todo caso, solo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por
los medios de notificación previstos en estas bases.
La presentación de la documentación y, en su caso, subsanación o impugnación de
las actuaciones, deberá hacerse a través de medios electrónicos.
10.3 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página
web del Ministerio de Defensa http://www.defensa.gob.es/portalservicios, en la página
web del INTA, http://www.inta.es/INTA/es/bolsa-de-empleo/funcionarios/, así como en la
página web http://www.administracion.gob.es, y en el Portal Funciona.
10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de las
personas aspirantes con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes
pruebas.
Certificado de requisitos y méritos para la fase de concurso y publicación de
valoración de méritos
11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar el certificado de
requisitos y méritos debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio,
Organismo, Agencia o Entidad donde presten o hayan prestado sus servicios, de
conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20
de julio. Este certificado de requisitos y méritos se incluye como anexo V. Asimismo se
acompañará la documentación justificativa de los méritos a valorar en la fase de
concurso, que se acreditarán mediante copia autenticada.
11.2 El certificado de requisitos y méritos habrá de contener la acreditación de
pertenecer como funcionario/funcionaria de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas
del Subgrupo A2 recogidos en la base específica 6.1.1, con los requisitos que en ella se
indican, e igualmente acreditación de haber prestado servicios efectivos durante al
menos dos años como funcionario/funcionaria de carrera en los Cuerpos o Escalas del
Subgrupo A2 mencionados, en los términos indicados en la base 6.2.1.
En el caso del personal laboral fijo, el certificado habrá de contener acreditación de
pertenecer como personal laboral fijo a alguno de los grupos profesionales y
especialidades del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración
General del Estado, definidos en la base 6.1.2, o grupo profesional equivalente incluido
en los restantes convenios colectivos de la Administración General del Estado, de sus
Organismos Autónomos, de sus Agencias Estatales y de sus Entes Públicos incluidos en
el ámbito del Real Decreto de oferta de empleo público, e igualmente acreditación de
que desarrolla las actividades que se detallan en dicha base. Asimismo acreditación de
haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos como personal laboral fijo en
los grupos profesionales y especialidades mencionados, incluidos los prestados en
puestos que hayan sido encuadrados en los mismos, en los términos indicados en la
base 6.2.2.
11.3 Si alguna de las personas aspirantes funcionarios o funcionarias, en servicio
activo en la Administración del Estado en el Cuerpo o Escala desde el que participa por
promoción interna, únicamente va a solicitar la valoración de los méritos que figuren
inscritos en el Registro Central de Personal, podrá autorizar a la Administración la
consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido
para presentar la documentación, la persona aspirante deberá dar su conformidad,
cumplimentando y presentando el modelo que figura como anexo VI de esta Resolución.
cve: BOE-A-2022-21765
Verificable en https://www.boe.es
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