III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-21796)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Junta de Andalucía, la Universidad de Sevilla, el Servicio Andaluz de Salud y la Fundación Pública Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla, para la actualización de su regulación y la financiación del Instituto de Biomedicina de Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 179521
l) Aprobar las reglas de admisión y permanencia de los investigadores y Grupos de
investigación para la realización de actividades de investigación en el Instituto, la
aprobación de la incorporación, los criterios de la evaluación anual y plurianual de los
mismos, y los criterios de salida, en su caso, a propuesta de la Dirección Científica.
m) Nombrar y relevar a los Investigadores Responsables de los Grupos de
investigación, a propuesta de la Dirección Científica.
n) Proponer a las instituciones cotitulares la aprobación y modificación del
Reglamento de Régimen Interno del Instituto, a propuesta de la Dirección Científica.
o) Aprobar la estructura organizativa interna del Instituto, a propuesta de la
Dirección Científica.
p) Proceder al nombramiento del Comité Asesor Externo, a propuesta de la
Dirección Científica.
q) Proponer convenios que se suscriban con otras entidades a nivel institucional y
ser informado de los contratos de investigación que suscriba la Dirección Científica.
r) Aprobar las normas que regulen las condiciones de uso de los servicios que se
ofrezcan al exterior.
s) Actuar como Comisión de Seguimiento del presente convenio de acuerdo con lo
previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y, en tal concepto, resolver
las dudas y solventar las lagunas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del
mismo.
t) Resolver los conflictos que surjan durante la aplicación del convenio.
u) Cualquier otra función que le otorgue el presente convenio u otra normativa que
le sea de aplicación.
2.
Gestión del IBiS.
El IBiS contará con una entidad gestora, que seguirá siendo la Fundación Pública
Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI), en tanto el
Consejo Rector no acuerde designar otra institución, en cuyo caso se requerirá
modificación del convenio.
Entre las funciones de FISEVI, como entidad gestora del Instituto, se encuentra la
ejecución del presupuesto de funcionamiento del Instituto. La estructura de gestión
asume las áreas económico-administrativa y de recursos humanos, ofrece el soporte
necesario para el desarrollo y la gestión eficaz de la investigación, y actúa como
promotor de ensayos clínicos independientes concedidos en convocatorias públicas de
financiación de ámbito autonómico, estatal o internacional, entre otras funciones.
El Gerente del IBiS pertenecerá a cualquiera de las instituciones que conforman el
Instituto.
Otros órganos del Instituto.
La composición y funciones específicas de la Dirección Científica, de la Vicedirección
o Vicedirecciones, de la Gerencia, del Consejo Asesor Externo, del Consejo Científico,
de la Junta del Centro del IBiS y del Claustro Científico, así como sus normas de
funcionamiento se determinarán en el Reglamento de Régimen Interno, que deberá ser
aprobado por los órganos competentes de las instituciones cotitulares, a propuesta del
Consejo Rector, en el plazo máximo de 6 meses a partir de que el convenio resulta
eficaz por su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, a propuesta de la Dirección Científica.
Sexta. Personal investigador.
En el área de recursos humanos, las partes promoverán, en el ámbito de sus
posibilidades, la localización en el Instituto de investigadores y grupos de investigación
dependientes o vinculados a sus organizaciones, que desarrollen sus trabajos en las
áreas temáticas establecidas para el Instituto, de forma temporal o permanente.
cve: BOE-A-2022-21796
Verificable en https://www.boe.es
3.
Núm. 306
Jueves 22 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 179521
l) Aprobar las reglas de admisión y permanencia de los investigadores y Grupos de
investigación para la realización de actividades de investigación en el Instituto, la
aprobación de la incorporación, los criterios de la evaluación anual y plurianual de los
mismos, y los criterios de salida, en su caso, a propuesta de la Dirección Científica.
m) Nombrar y relevar a los Investigadores Responsables de los Grupos de
investigación, a propuesta de la Dirección Científica.
n) Proponer a las instituciones cotitulares la aprobación y modificación del
Reglamento de Régimen Interno del Instituto, a propuesta de la Dirección Científica.
o) Aprobar la estructura organizativa interna del Instituto, a propuesta de la
Dirección Científica.
p) Proceder al nombramiento del Comité Asesor Externo, a propuesta de la
Dirección Científica.
q) Proponer convenios que se suscriban con otras entidades a nivel institucional y
ser informado de los contratos de investigación que suscriba la Dirección Científica.
r) Aprobar las normas que regulen las condiciones de uso de los servicios que se
ofrezcan al exterior.
s) Actuar como Comisión de Seguimiento del presente convenio de acuerdo con lo
previsto en el artículo 49 f) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre y, en tal concepto, resolver
las dudas y solventar las lagunas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del
mismo.
t) Resolver los conflictos que surjan durante la aplicación del convenio.
u) Cualquier otra función que le otorgue el presente convenio u otra normativa que
le sea de aplicación.
2.
Gestión del IBiS.
El IBiS contará con una entidad gestora, que seguirá siendo la Fundación Pública
Andaluza para la Gestión de la Investigación en Salud de Sevilla (FISEVI), en tanto el
Consejo Rector no acuerde designar otra institución, en cuyo caso se requerirá
modificación del convenio.
Entre las funciones de FISEVI, como entidad gestora del Instituto, se encuentra la
ejecución del presupuesto de funcionamiento del Instituto. La estructura de gestión
asume las áreas económico-administrativa y de recursos humanos, ofrece el soporte
necesario para el desarrollo y la gestión eficaz de la investigación, y actúa como
promotor de ensayos clínicos independientes concedidos en convocatorias públicas de
financiación de ámbito autonómico, estatal o internacional, entre otras funciones.
El Gerente del IBiS pertenecerá a cualquiera de las instituciones que conforman el
Instituto.
Otros órganos del Instituto.
La composición y funciones específicas de la Dirección Científica, de la Vicedirección
o Vicedirecciones, de la Gerencia, del Consejo Asesor Externo, del Consejo Científico,
de la Junta del Centro del IBiS y del Claustro Científico, así como sus normas de
funcionamiento se determinarán en el Reglamento de Régimen Interno, que deberá ser
aprobado por los órganos competentes de las instituciones cotitulares, a propuesta del
Consejo Rector, en el plazo máximo de 6 meses a partir de que el convenio resulta
eficaz por su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, a propuesta de la Dirección Científica.
Sexta. Personal investigador.
En el área de recursos humanos, las partes promoverán, en el ámbito de sus
posibilidades, la localización en el Instituto de investigadores y grupos de investigación
dependientes o vinculados a sus organizaciones, que desarrollen sus trabajos en las
áreas temáticas establecidas para el Instituto, de forma temporal o permanente.
cve: BOE-A-2022-21796
Verificable en https://www.boe.es
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