III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21790)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo, en el ejercicio presupuestario 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

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5. Difundir actuaciones para sensibilizar y prevenir sobre el abuso de las TIC en la
infancia y adolescencia y las conductas adictivas con y sin sustancias.
6. Favorecer la intervención comunitaria en el campo de la salud mental y
desarrollo del bienestar emocional, proporcionando las conexiones entre los
profesionales de los centros escolares, los centros sanitarios y los colectivos locales que
apoyen a la infancia y juventud.
7. Elaborar y difundir materiales e instrumentos que contribuyan a la formación e
información de la comunidad educativa sobre bienestar emocional y salud mental.
8. Aumentar los recursos humanos en las secciones y departamentos de apoyo y
orientación escolar, teniendo en cuenta las particularidades y diferencias propias en las
estructuras de cada administración educativa autonómica, orientadas a la intervención
en el campo de la promoción del bienestar emocional y de la salud mental del alumnado.
3.

Destinatarios

Los destinatarios del Programa son:
– Alumnado del último ciclo de Educación Primaria y de Educación Secundaria
Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Básico y Grado Medio que se
encuentre escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos.
– Profesorado y equipos directivos de Educación Primaria, Secundaria y Profesores
Técnicos de Formación Profesional de centros sostenidos con fondos públicos, equipos
de orientación e inspección educativa.
– Comunidad educativa en general.
4.

Financiación

El Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo dispone de un crédito
de 5.000.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.450 de los
Presupuestos Generales del Estado para 2022.
La concesión se efectuará por resolución del Ministerio de Educación y Formación
Profesional, y se abonará con carácter anticipado para la financiación de las
actuaciones, de conformidad con el artículo 34.4 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre,
General Presupuestaria. El pago de la ayuda se hará sin necesidad de constitución de
fianza o garantía, de conformidad con lo previsto en el artículo 42.2.a) Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2, regla quinta, de la Ley 47/2003,
de 26 de noviembre, General Presupuestaria, los créditos que corresponda gestionar a
cada Comunidad Autónoma se le librarán y harán efectivos por cuartas partes en la
segunda quincena natural de cada trimestre, sin que deba producirse más excepción a
esta regla que la del pago correspondiente al primer trimestre, que sólo podrán hacerse
efectivos una vez se haya aprobado definitivamente la distribución territorial de los
créditos y se hayan suscrito o formalizado los correspondientes compromisos
financieros, convenios o resoluciones, en los términos previstos en las reglas anteriores.
Para llevar a cabo este programa, el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, se compromete a aportar los fondos asignados a las actuaciones del
Programa de Bienestar Emocional en el ámbito educativo distribuidos de acuerdo con los
porcentajes y los criterios de distribución indicados en este acuerdo.
Asimismo, las comunidades autónomas se comprometen a ejecutar toda la
financiación recibida del MEFP para este programa realizando las licitaciones y
contrataciones que fueran necesarias para implementar cada una de las actuaciones en
el marco de lo establecido en el presente programa de cooperación territorial.

cve: BOE-A-2022-21790
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Núm. 306