III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21791)
Resolución de 14 de diciembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de noviembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al Programa de Educación Inclusiva, en el ejercicio presupuestario 2022.
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Jueves 22 de diciembre de 2022

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los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial de los créditos
presupuestarios, así como la distribución resultante.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la disposición adicional primera, apartado cuatro, de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre,
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, con carácter previo al acuerdo
de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos regulado en el artículo 86.2 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria se ha recabado el informe
favorable de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos.
Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el apartado a), de la regla segunda, del
artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, al ser el importe total a distribuir
superior a 12 millones de euros, se ha recabado, con carácter previo a la convocatoria
de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros de 18 de octubre
de 2022. La citada autorización no conlleva la aprobación del gasto, que deberá
realizarse por el órgano competente con carácter previo a la celebración de la
Conferencia Sectorial.
Una vez aprobada la distribución de los créditos por la Conferencia Sectorial, la
concesión correspondiente a cada comunidad autónoma se realizará por resolución del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En su virtud, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y las Comunidades
Autónomas acuerdan aprobar el programa de cooperación territorial de Educación
Inclusiva, los criterios objetivos que sirven de base para la distribución territorial del
crédito, así como la distribución resultante a las comunidades autónomas, en el
año 2022, por importe de 38.000.000,00 euros, en los términos establecidos en el anexo
del presente acuerdo.
ANEXO
Programa de Cooperación Territorial de Educación Inclusiva
1.

Contexto y justificación

La educación inclusiva es un objetivo central de la agenda política nacional e
internacional. Parte de la convicción de que la educación es un derecho humano
fundamental y pone el foco en los grupos que afrontan más barreras educativas.
Se hace necesario impulsar procesos transformadores para mejorar la calidad de la
educación con equidad y asegurar el derecho a la educación del alumnado en toda su
diversidad.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), establece la educación
inclusiva como principio fundamental, con el fin de atender a la diversidad de las
necesidades de todo el alumnado (artículo 4.3, redacción dada por la Ley 3/2020, de 29
de diciembre, LOMLOE). Y señala que, cuando tal diversidad lo requiera, se adoptarán
las medidas organizativas, metodológicas y curriculares pertinentes, conforme a los
principios del Diseño universal de aprendizaje, garantizando en todo caso los derechos
de la infancia y facilitando el acceso a los apoyos que el alumnado requiera.
Si bien, en el caso de las necesidades educativas especiales, la distribución de
recursos está contemplada, no siempre es así en el caso de los alumnos con necesidad
específica de apoyo educativo cuando las barreras que enfrenta el alumnado no están
asociadas a una discapacidad o trastorno grave. Y, sin embargo, estas necesidades
específicas, si no reciben un apoyo desde el centro escolar en las primeras etapas,
acaban condicionando el éxito educativo en muchos casos.
Tenemos, por tanto, un perfil de alumnado específico que requiere una respuesta
educativa que atienda a su diversidad. Según estadísticas del Ministerio de Educación y
Formación Profesional (MEFP, curso 2019-2020) un total de 21.150 alumnos/as de la
etapa de Infantil presentan Retraso Madurativo, y otros 15.140 alumnos/as un Trastorno
del Desarrollo del Lenguaje. Y dentro del ámbito de la Educación Primaria el total de
alumnado con Trastorno del Desarrollo del Lenguaje (Estadísticas MEFP 2019-2020) es

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Núm. 306