III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-21794)
Resolución de 13 de diciembre de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación CNSE para la Supresión de las Barreras de Comunicación, para ampliar los contenidos del Diccionario de Lengua de Signos Española con terminología específica sobre el mundo del arte y vinculada al Museo.
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 22 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 179507

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
el presente convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que el Museo Nacional del Prado es un organismo público con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus
fines establecidos en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo
Nacional del Prado.
II. Que el Museo Nacional del Prado tiene por objetivo la consecución de los
siguientes fines, en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a) Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b) Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.
c) Fomentar y garantizar el acceso a las mismas del público y facilitar su estudio a
los investigadores.
d) Impulsar el conocimiento y difusión de las obras y de la identidad del patrimonio
histórico adscrito al Museo, favoreciendo el desarrollo de programas de educación y
actividades de divulgación cultural.
e) Desarrollar programas de investigación y formación de personal especializado y
establecer relaciones de colaboración con otros museos, universidades o instituciones
culturales, organizando exposiciones temporales y desarrollando acciones conjuntas
para el cumplimiento de sus fines.
f) Prestar servicio de asesoramiento, estudio, información o dictamen de carácter
científico o técnico que le sean requeridos por los organismos competentes de la
Administración General del Estado o que se deriven de los convenios o contratos
otorgados con entidades públicas o privadas.
III. Que el Museo Nacional del Prado, en adelante MNP, tiene previsto en su Plan
de Actuación 2022-2025 llevar a cabo –dentro de la Estrategia 1.2– «Facilitar a todas las
personas el acceso, comprensión, uso y disfrute de los espacios, servicios y contenidos
del museo de manera normalizada, cómoda y segura», el Proyecto 1.2.1. Accesibilidad
universal, con el objetivo específico de «Continuar el proceso de adecuación de las
infraestructuras, servicios, actividades y contenidos para alcanzar la eliminación y/o
disminución del impacto de barreras físicas, sensoriales o cognitivas en el acceso y
disfrute universal del museo y su certificación normativa»; y el Proyecto 1.2.2. «Prado
Social» y «Prado Inclusivo», con el objetivo específico «Desarrollar nuevos programas,
actividades y recursos que permitan el acceso de aquellos sectores de la población con
dificultades sociales, culturales o económicas».
IV. Que la Fundación CNSE para la Supresión de las Barreras de Comunicación, en
adelante la Fundación CNSE, es una organización privada de naturaleza fundacional y
sin ánimo de lucro, constituida por la CNSE-Confederación Estatal de Personas Sordas,
con la misión de articular proyectos que contribuyan a la inclusión y la plena participación
social de todas las personas sordas así como a un mayor conocimiento y difusión del
buen uso de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación.
V. Que en virtud de sus estatutos sociales la Fundación CNSE tiene entre sus fines
trabajar por la normalización, normativización, investigación, enseñanza, fomento y
difusión de las lenguas de signos españolas así como velar por su buen uso,
garantizando los derechos lingüísticos de sus usuarios y usuarias.
VI. Que la Fundación CNSE trabaja para mejorar el acceso a la información y la
comunicación promoviendo, entre otros, el desarrollo de proyectos que contribuyan a
incrementar la accesibilidad universal en el ámbito del arte y la cultura garantizando, con
ello, el acceso del colectivo de personas sordas y sus familias a museos, teatros, cines,

cve: BOE-A-2022-21794
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 306