III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Delegación de competencias. (BOE-A-2022-21728)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, sobre delegación de competencias.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
10 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178948

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
21728

Resolución de 7 de diciembre de 2022, del Instituto Social de la Marina, sobre
delegación de competencias.

Por Resolución de 14 de diciembre de 2021, del Instituto Social de la Marina, sobre
delegación de competencias, la Directora del Instituto Social de la Marina delegó
diversas competencias en sus órganos centrales y provinciales referidas a distintas
materias de gestión con la finalidad de mejorar su eficacia.
En aras de continuar mejorando la agilidad en la ejecución de los procedimientos de
gestión y de conseguir una mayor eficacia en la actuación de la entidad se considera
necesario modificar la estructura actual de delegación de competencias, tratando de
adecuar la estructura de gestión en materia de prestaciones económicas del Régimen
Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar reconocidas al amparo de
convenios bilaterales de Seguridad Social de los órganos centrales y periféricos,
reordenando el nivel de competencias en ambas esferas de gestión.
En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelvo:
Primero.

a) Actos relacionados con la inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y
variaciones de datos de los trabajadores.
b) Resoluciones adoptadas en procedimientos para la imposición de sanciones a
empresarios en materia de Seguridad Social.
c) Resoluciones de aplazamientos de las deudas generadas por cobros indebidos
de prestaciones por desempleo, de acuerdo con lo señalado en la disposición adicional
tercera del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984,
de 2 de agosto, de protección por desempleo.
Segundo.
Delegar en el titular de la Subdirección General de Acción Social Marítima la
aprobación, el compromiso, el reconocimiento de las obligaciones y la propuesta de pago
de los gastos correspondientes a la gestión llevada a cabo con carácter centralizado en
el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en virtud del artículo 9 del Real
Decreto 504/2011, de 8 de abril, de estructura orgánica y funciones del Instituto Social de

cve: BOE-A-2022-21728
Verificable en https://www.boe.es

Delegar en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de los
Trabajadores del Mar la aprobación, el compromiso y el reconocimiento de las
obligaciones y la propuesta de pago, por operaciones presupuestarias y por operaciones
extrapresupuestarias, de los gastos correspondientes a la gestión de los reembolsos por
la asistencia sanitaria prestada en otros Estados al amparo de instrumentos
internacionales de Seguridad Social, así como de los gastos correspondientes a la
gestión llevada a cabo con carácter centralizado en el ejercicio de las competencias que
el Instituto Social de la Marina tenga encomendadas en materia de ayudas públicas por
parada de la flota.
Asimismo, se delega en el titular de la Subdirección General de Seguridad Social de
los Trabajadores del Mar la resolución de los recursos de alzada que se interpongan
frente a los siguientes actos dictados por los directores provinciales: