III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Actividad investigadora. Evaluación. (BOE-A-2022-21729)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora, por la que se publican los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178980

y de interpretación de excepcional calidad e impacto y que representen un avance del
conocimiento o innovación de carácter metodológico. Las creaciones musicales se
considerarán aportaciones extraordinarias.
Los criterios que deben reunir tanto las aportaciones como sus medios de difusión
para ser consideradas de impacto son los siguientes:
a) Relevancia de la creación musical, de su composición, dirección, interpretación,
instrumentación, tecnologías y técnicas empleadas, etc. Se considera también la
invención de nuevos instrumentos musicales de lutería, analógicos o digitales,
atendiendo igualmente a su nivel de innovación y relevancia.
b) En el caso de la interpretación, se considerará su innovación metodológica
interpretativa, calidad de la ejecución, estreno y repercusión en medios especializados;
actividades derivadas de la aportación, como giras y conciertos, la impartición de
masterclass, talleres de especialización, etc. En el caso de participación en agrupaciones
orquestales, se tendrá en cuenta, además, el nivel de responsabilidad en su ejecución,
así como el nivel y la relevancia de la agrupación.
c) Calidad del tipo de espacio (auditorio u otros), de su estreno e interpretación, su
proyección nacional e internacional en conciertos y festivales, prestigio del medio de
difusión y de las instituciones o empresas que encargan el proyecto y su forma de
adjudicación.
d) Obras publicadas en formato impreso, fonográfico o videográfico. En el primer
caso, se atenderá el prestigio de la editorial de acuerdo con lo recogido en los puntos 3,
4 y 5. En el resto de circunstancias, se tendrá en consideración el prestigio de los
productores, distribuidoras y sello discográfico, así como de la obra musical, del
director/a, conjunto e intérpretes encargados de la grabación.
e) Vinculación a proyectos de investigación relevantes concedidos en convocatoria
pública competitiva.
f) Premios en concursos o certámenes nacionales e internacionales.
Aplicando lo anterior, no se tomarán en consideración:

a) Los manuales, libros de texto, apuntes, artículos, obras, enciclopedias o
diccionarios (entradas o edición), y artículos o capítulos descriptivos, de divulgación o de
opinión.
b) Las coordinaciones, ediciones o las traducciones de textos que no incluyan
estudios preliminares, trabajos propios o anotaciones críticas que sean fruto de una
investigación original y supongan una aportación al avance científico en su campo
temático.
c) La mera edición, dirección o coordinación de números monográficos en revistas
o libros, con independencia del rango de la revista o editorial
d) La coordinación, gestión u organización de jornadas, congresos, u otros eventos.
e) Las catalogaciones que no incluyan estudios históricos o artísticos.
f) Las transcripciones, si no van acompañadas de juicio crítico o análisis histórico
del documento que suponga un avance sustancial del conocimiento.
g) Los prólogos e introducciones convencionales, que no superen la condición de
mera presentación de la obra prologada y carezcan de interés crítico per se.
h) Las autoediciones.
i) Las actas de congresos, volúmenes de homenaje y similares que no respondan a
criterios de calidad equiparables a los exigidos para las revistas científicas señalados en
el punto 3 y para libros y capítulos de libro en el punto 4.
j) Las obras de creación o investigación ya expuestas o publicadas con anterioridad
al año de la aportación.
k) Las aportaciones que no aparezcan correctamente citadas, identificadas y
argumentadas en cuanto a contenido e indicios de calidad. En libros, la persona
solicitante deberá adjuntar, como mínimo, la portada y contraportada, la hoja de créditos
y el índice completo; en capítulos de libro y artículos científicos, además deberá incluir el

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