I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Subvenciones. (BOE-A-2022-21684)
Real Decreto 1031/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención al Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes para la financiación de las actuaciones necesarias para la exhumación e identificación de restos de personas desaparecidas víctimas de la Guerra Civil española y la Dictadura franquista, en las fosas del Cementerio Parroquial de Colmenar Viejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 305

Miércoles 21 de diciembre de 2022
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 178742

Entidad beneficiaria, actuaciones, gastos a financiar y plazo de ejecución.

1. La entidad beneficiaria de esta subvención será el Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes.
2. La resolución de concesión regulará las actuaciones a realizar por parte del
Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, estando permitida su subcontratación
hasta el 100 por ciento del importe subvencionado. La entidad beneficiaria deberá
aportar un presupuesto desglosado por conceptos del proyecto a ejecutar, junto con su
distribución temporal, con carácter previo a la concesión y pago de la ayuda.
Las actuaciones referidas incluyen los siguientes trabajos:
a) Exhumación e individualización de los cuerpos que se hallen en las fosas
ubicadas en el Cementerio Parroquial de Colmenar Viejo. Esta fase incluirá la realización
de las tareas de topografía, fotografía y diseño gráfico, realización de la planimetría que
recoja todo el desarrollo de la intervención y movimientos de tierra de todos los hallazgos
documentados en su contexto. De la misma forma, el Ayuntamiento de San Sebastián de
los Reyes garantizará, en cumplimiento de la normativa específica sobre exhumaciones
en la Comunidad de Madrid, el acometimiento de todas las medidas de seguridad
dirigidas a evitar el deterioro o expolio de los restos localizados o en proceso de
exhumación y estudio antropológico.
b) Estudio antropológico forense de los restos que fueran recuperados dirigido a
determinar el sexo, estimar la edad, hacer mediciones de huesos largos para determinar
altura en vida, completar fichas de inventario para señalar la ausencia o no de algún
resto óseo, completar fichas odontológicas cuando el estado de conservación lo permita
y reflejar patologías o anomalías más evidentes.
c) Identificación genética, que incluye la compilación de información de los
familiares que puedan asociarse a cada una de las víctimas, la toma de muestras de
restos óseos humanos correspondientes a éstas, así como las que se obtengan, a través
de hisopos bucales y analíticas de sangre a los familiares para su posterior análisis en
un laboratorio acreditado.
d) Dignificación del espacio en que hayan sido localizadas las fosas.
El plazo de ejecución del proyecto será de tres años, contados desde la notificación
de la resolución de concesión.
3. Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan de manera
indubitada a la finalidad de la subvención y hayan sido realizados durante el desarrollo
del proyecto y abonados con anterioridad a la finalización del periodo de justificación.
Cuantía, financiación y compatibilidad de la subvención.

1. El importe de la subvención será de 156.000 euros, que se financiará con cargo
al presupuesto de gastos del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y
Memoria Democrática para 2022, condicionado a la tramitación de la correspondiente
modificación presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 47/2003, de 26
de noviembre, General Presupuestaria, tal como prevé el artículo 67.4 del Reglamento
de la Ley General de Subvenciones.
2. Corresponderá a la Intervención Delegada competente la fiscalización de la
propuesta de gasto de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 2188/1995, de 28 de
diciembre, por el que se desarrolla el régimen jurídico de control interno ejercido por la
Intervención General de la Administración del Estado, una vez se encuentre el
expediente original completo, reunidos todos los justificantes y emitidos los informes
preceptivos y cuando esté en disposición de que se dicte acuerdo por quien
corresponda.

cve: BOE-A-2022-21684
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Artículo 4.