I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Subvenciones. (BOE-A-2022-21679)
Real Decreto 1027/2022, de 20 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a interlocutores sociales para la digitalización del sector productivo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de diciembre de 2022

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derivan de ella. Las reformas e inversiones financiadas deben promover la digitalización
de los servicios, el desarrollo de infraestructuras digitales y de datos, agrupaciones y
centros de innovación digital y soluciones digitales abiertas.
La medida C20.I01.P02 tiene un peso asignado de 0 % de coeficiente de clima y
de 100 % de coeficiente digital, de conformidad con el anexo 6 Tabla de seguimiento
para la acción por el clima y el etiquetado digital de la Decisión de Ejecución del
Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del PRTR de España COM (2021) 322
final, de fecha 13 de julio de 2021.
En cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en su normativa de desarrollo, en
particular, la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio
de «no causar un perjuicio significativo» (2021/C 58/01), y teniendo en cuenta lo
requerido en la citada Decisión de Ejecución del Consejo en relación con la aprobación
de la evaluación del PRTR de España, todos los proyectos financiados deberán respetar
el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (principio
DNSH por sus siglas en inglés, «Do No Significant Harm»).
Asimismo, en cumplimiento con lo establecido en el citado Reglamento, los Estados
miembros, en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del
Mecanismo, adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses
financieros de la Unión Europea y para velar por que la utilización de los fondos en
relación con las medidas financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de
la Unión y nacional, en particular en lo que se refiere a la prevención, detección y
corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. En consecuencia, los
beneficiarios de la subvención aplicarán los mecanismos pertinentes para la prevención,
detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Las entidades que participen en la ejecución del PRTR deben aplicar procedimientos
que permitan asegurar, en todo momento, el pleno respeto a la normativa relativa a las
Ayudas de Estado definidas en los artículos 107 al 109 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea y su normativa de desarrollo y garantizar la ausencia de doble
financiación procedente del Mecanismo y de otros programas de la Unión.
La medida que nos ocupa se realiza en el ámbito de la educación pública, por lo que
se considera actividad no económica, ámbito exento de las ayudas de Estado, según el
apartado 2.5 de la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal
conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea (2016/C 262/01).
Las subvenciones reguladas mediante el presente real decreto quedan exentas de la
obligación de notificación establecida en el artículo 108, apartado 3 del Tratado de la
Unión Europea, al destinarse específicamente a los gastos subvencionables sujetos a
exención contemplados en el apartado 3 del artículo 31 del Reglamento (UE) n.º
651/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se declaran determinadas
categorías de ayuda compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en la letra d) del apartado 2 del
artículo 22 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12
de febrero de 2021, se deberá suministrar, al menos trimestralmente, la información
sobre los perceptores finales de los fondos, en particular para las convocatorias de
ayudas previstas en el Plan y para los procedimientos de licitación que se encuadren en
el desarrollo de las actuaciones previstas en el PRTR.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y en el artículo 9 de la
Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, las actuaciones de comunicación
relacionadas con la ejecución del Plan incorporarán el logo oficial del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España y deberán exhibir de
forma correcta y destacada el emblema de la UE, con una declaración de financiación

cve: BOE-A-2022-21679
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Núm. 305