II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21624)
Resolución de 9 de diciembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022

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razón del servicio. A estos efectos, la Comisión de Acceso tendrá la categoría primera de
las señaladas en el artículo 30 del citado Real Decreto.
6. Reglas generales de actuación de la Comisión de Acceso
6.1 La Comisión de Acceso se constituirá válidamente cuando estén presentes
todos sus miembros. La ausencia de un miembro titular por enfermedad, por incurrir en
supuestos de abstención o recusación o por otra causa justificada, comportará la pérdida
de su condición, siendo sustituido conforme a lo previsto en el apartado 5.4 de esta
base.
6.2 Para que la Comisión de Acceso, a partir de su constitución, pueda actuar
válidamente es necesaria la participación de, al menos, tres de sus miembros. Si la
Comisión de Acceso queda con menos de tres miembros, se anularán sus actuaciones y
se nombrará una nueva Comisión de Acceso por el procedimiento establecido en el
RACDU.
6.3 Una vez constituida la Comisión de Acceso, en el caso de ausencia del
Presidente se sustituirá por el miembro de la misma más antiguo del Cuerpo de
Catedráticos de Universidad, o en su defecto, del Cuerpo de Titulares de Universidad.
7.

Constitución de la Comisión de Acceso y acto de presentación

7.1 La Comisión de Acceso se constituirá en el plazo máximo de dos meses desde
la fecha de publicación de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Transcurrido el plazo de constitución sin que ésta hubiese tenido lugar, el Sr. Rector
Magnífico procederá de oficio a la sustitución del Presidente de la Comisión.
El nuevo Presidente deberá convocar la constitución de la nueva Comisión en un
plazo de treinta días hábiles desde la publicación de su composición, al objeto de iniciar
sus actuaciones, para lo que, con carácter previo a su constitución, la Sección de
Personal Docente e Investigador facilitará al Secretario de cada Comisión de Acceso las
solicitudes y la documentación de obligado cumplimiento presentada por los aspirantes
admitidos para la tramitación del concurso.
7.2 Dentro del plazo establecido en el número anterior, el Presidente de la
Comisión de Acceso, previa consulta a los restantes miembros de la misma, dictará una
resolución convocando a:

Dicha resolución deberá ser notificada a sus destinatarios con una antelación mínima
de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.
7.3 En los supuestos de embarazo de riesgo, baja por maternidad o paternidad u
otras causas de fuerza mayor en el día señalado para el acto de presentación y/o
celebración de las pruebas selectivas se podrá cambiar la fecha hasta que concluya la
causa que motivara la imposibilidad del aspirante a concurrir a los actos.
7.4 En el acto de constitución, la Comisión de Acceso procederá a fijar y a hacer
públicos los criterios objetivos para la resolución del concurso de conformidad con el
artículo 13 del RACDU.
La Comisión de Acceso tomará sus acuerdos por mayoría; en caso de empate
decidirá el voto de calidad del Presidente. Las deliberaciones de la Comisión de Acceso
tendrán carácter secreto.

cve: BOE-A-2022-21624
Verificable en https://www.boe.es

a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes
necesarios, para efectuar el acto de constitución de la misma. En la notificación se
indicará el día, hora y lugar previsto para el acto de constitución.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto
de presentación de los concursantes, en la misma fecha de la constitución de la
Comisión de Acceso, y con señalamiento de la hora y lugar de celebración de dicho acto.