III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2022-21656)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se actualiza el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la reserva marina del entorno de la Isla de La Graciosa e islotes del norte de Lanzarote.
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178522
8. Que las embarcaciones excluidas del censo por los motivos indicados en el
punto 7 apartados a) y f) podrán solicitar a la Dirección General de Pesca Sostenible su
readmisión tras un periodo de 6 meses, siempre que se cumpla el contingente y resto de
condicionantes establecidos en la normativa, para lo cual deberán acreditar el
cumplimiento de las siguientes condiciones.
a. La embarcación esté de alta en el RGFP.
b. Realizar al menos quince días de pesca por semestre en el entorno de la reserva
marina hasta 3 millas de distancia de sus bordes, salvo causa de fuerza mayor
debidamente justificada.
c. Avisar al servicio de la reserva marina de su presencia en el entorno de la misma
los días en que realicen esa actividad.
d. Aportar las notas de venta y estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a
los días en que realicen esa actividad.
Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 7 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
ANEXO I
Embarcaciones autorizadas
Nombre
Matrícula
CFPO
1
AHI VA PRIMERO.
3.ª-GC-3-3-15
27721
2
ARIAGUIN.
3.ª-GC-1-3048
8374
3
BIOSFERA FISHING.
3.ª-GC-3-2-08
27209
4
BUEN JESUS.
3.ª-GC-3-290
12707
5
CELIA QUINTO.
3.ª-TE-3-1-02
25425
6
CENTELLA.
3.ª-TE-3-290
12717
7
COLON.
3.ª-GC-3-1601
50802
8
CORAZON DE JESUS.
3.ª-GC-2-847
20807
9
CORAZON DE MARIA.
3.ª-GC-3-2-06
27196
10
FATIMA Y CLOTILDE.
3.ª-GC-3-1759
13272
11
GENERAL VARELA.
3.ª-GC-3-785
20576
12
JESUS MARIA.
3.ª-GC-3-1033
13538
13
JOVEN CARMEN.
3.ª-GC-3-1864
12665
14
LORENZA Y MANUEL.
3.ª-GC-1-01
25070
15
LOS TRES QUINTEROS.
3.ª-GC-3-8-07
27135
16
MAR CHINIJO.
3.ª-TE-1-3793
21443
17
MAR DE LANZAROTE.
3.ª-GC-3-5-06
27082
18
MARIA DEL CARMEN.
3.ª-TE-1-4023
21208
cve: BOE-A-2022-21656
Verificable en https://www.boe.es
Puerto base Caleta del Sebo
Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178522
8. Que las embarcaciones excluidas del censo por los motivos indicados en el
punto 7 apartados a) y f) podrán solicitar a la Dirección General de Pesca Sostenible su
readmisión tras un periodo de 6 meses, siempre que se cumpla el contingente y resto de
condicionantes establecidos en la normativa, para lo cual deberán acreditar el
cumplimiento de las siguientes condiciones.
a. La embarcación esté de alta en el RGFP.
b. Realizar al menos quince días de pesca por semestre en el entorno de la reserva
marina hasta 3 millas de distancia de sus bordes, salvo causa de fuerza mayor
debidamente justificada.
c. Avisar al servicio de la reserva marina de su presencia en el entorno de la misma
los días en que realicen esa actividad.
d. Aportar las notas de venta y estadillos de esfuerzo pesquero correspondientes a
los días en que realicen esa actividad.
Contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Ministro
de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo establecido en los
artículos 121 y 122, en relación con el 114, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 7 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
ANEXO I
Embarcaciones autorizadas
Nombre
Matrícula
CFPO
1
AHI VA PRIMERO.
3.ª-GC-3-3-15
27721
2
ARIAGUIN.
3.ª-GC-1-3048
8374
3
BIOSFERA FISHING.
3.ª-GC-3-2-08
27209
4
BUEN JESUS.
3.ª-GC-3-290
12707
5
CELIA QUINTO.
3.ª-TE-3-1-02
25425
6
CENTELLA.
3.ª-TE-3-290
12717
7
COLON.
3.ª-GC-3-1601
50802
8
CORAZON DE JESUS.
3.ª-GC-2-847
20807
9
CORAZON DE MARIA.
3.ª-GC-3-2-06
27196
10
FATIMA Y CLOTILDE.
3.ª-GC-3-1759
13272
11
GENERAL VARELA.
3.ª-GC-3-785
20576
12
JESUS MARIA.
3.ª-GC-3-1033
13538
13
JOVEN CARMEN.
3.ª-GC-3-1864
12665
14
LORENZA Y MANUEL.
3.ª-GC-1-01
25070
15
LOS TRES QUINTEROS.
3.ª-GC-3-8-07
27135
16
MAR CHINIJO.
3.ª-TE-1-3793
21443
17
MAR DE LANZAROTE.
3.ª-GC-3-5-06
27082
18
MARIA DEL CARMEN.
3.ª-TE-1-4023
21208
cve: BOE-A-2022-21656
Verificable en https://www.boe.es
Puerto base Caleta del Sebo