III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21654)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Acciona Airport Services, SA.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178507
Con el fin de calcular el salario sobre el que se practicará la homogeneización y
cambio de estructura salarial, se actualizarán los importes actualmente percibidos
mediante las siguientes revisiones sobre conceptos fijos:
Colectivo afectado
Tablas Acciona Airport
Serv.
Conceptos afectados
Salario de Tablas.
Subrogados salario <
32.000.
Subrogados salario >
32.000 €; < 37.000.
Subrogados salario >
37.000.
Porcentaje
+ 6,50
+ 4,50
Salario real por
conceptos fijos.
Resultado
+ 3,50
Salario sobre el que se practicará la
homogeneización
+ 2,50
a) El complemento ad personam se abonará con carácter fijo en catorce
mensualidades (incluyendo pagas extras).
b) Será revisable.
c) No podrá ser objeto de absorción ni compensación una vez establecido, si bien
con cargo al mismo se abonarán los incrementos del año 2021 que, según lo acordado
por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo sectorial, procede aplicar en los
años 2022 y 2023.
d) Con cargo a dicho complemento, se abonarán los pluses de plus fijo a tiempo
parcial, plus turnicidad/ disponibilidad/flexibilidad y plus jornada irregular, descontándolos
del mismo, al formar parte de la percepción fija mínima bruta anual del convenio del
sector.
cve: BOE-A-2022-21654
Verificable en https://www.boe.es
Esta revisión-actualización no tiene efectos económicos retroactivos al año 2021, por
lo que no generará pago de atrasos del año 2021.
A los efectos de este acuerdo, se consideran conceptos fijos: Salario Base, Pagas
extras, Plus Disponibilidad, Complemento Calidad y Cantidad, Ajuste a Bruto y
Antigüedad.
A los efectos de este acuerdo, los conceptos fijos se computarán tomando como
referencia la nómina tipo o normalizada, es decir, lo que se percibe o debe percibirse
cuando no existen situaciones de suspensión del contrato (IT, nacimiento, etc.), ni de
reducción de jornada.
La revisión establecida en el presente acuerdo no tendrá efectos económicos
retroactivos para el periodo de 2021, utilizándose únicamente para el cálculo del salario
por conceptos fijos sobre el que se practicará la homogeneización con la percepción fija
mínima bruta anual del convenio del sector y el cambio de la estructura salarial. En
cualquier caso, la base de cálculo anteriormente descrita, pasará a aplicarse y abonarse
con fecha de efectos de 01/01/2022.
Así, una vez efectuado el cálculo del importe del salario por conceptos fijos revisado,
se procederá al cambio de la estructura salarial y la homogeneización con la percepción
fija mínima bruta anual del convenio del sector calculada a 31 de diciembre de 2021. En
caso de que el importe revisado sea superior a la percepción fija mínima bruta anual
fijada en el convenio del sector, la diferencia o sobrante se incluirá en un complemento
ad personam.
Este complemento tendrá las siguientes características:
Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178507
Con el fin de calcular el salario sobre el que se practicará la homogeneización y
cambio de estructura salarial, se actualizarán los importes actualmente percibidos
mediante las siguientes revisiones sobre conceptos fijos:
Colectivo afectado
Tablas Acciona Airport
Serv.
Conceptos afectados
Salario de Tablas.
Subrogados salario <
32.000.
Subrogados salario >
32.000 €; < 37.000.
Subrogados salario >
37.000.
Porcentaje
+ 6,50
+ 4,50
Salario real por
conceptos fijos.
Resultado
+ 3,50
Salario sobre el que se practicará la
homogeneización
+ 2,50
a) El complemento ad personam se abonará con carácter fijo en catorce
mensualidades (incluyendo pagas extras).
b) Será revisable.
c) No podrá ser objeto de absorción ni compensación una vez establecido, si bien
con cargo al mismo se abonarán los incrementos del año 2021 que, según lo acordado
por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo sectorial, procede aplicar en los
años 2022 y 2023.
d) Con cargo a dicho complemento, se abonarán los pluses de plus fijo a tiempo
parcial, plus turnicidad/ disponibilidad/flexibilidad y plus jornada irregular, descontándolos
del mismo, al formar parte de la percepción fija mínima bruta anual del convenio del
sector.
cve: BOE-A-2022-21654
Verificable en https://www.boe.es
Esta revisión-actualización no tiene efectos económicos retroactivos al año 2021, por
lo que no generará pago de atrasos del año 2021.
A los efectos de este acuerdo, se consideran conceptos fijos: Salario Base, Pagas
extras, Plus Disponibilidad, Complemento Calidad y Cantidad, Ajuste a Bruto y
Antigüedad.
A los efectos de este acuerdo, los conceptos fijos se computarán tomando como
referencia la nómina tipo o normalizada, es decir, lo que se percibe o debe percibirse
cuando no existen situaciones de suspensión del contrato (IT, nacimiento, etc.), ni de
reducción de jornada.
La revisión establecida en el presente acuerdo no tendrá efectos económicos
retroactivos para el periodo de 2021, utilizándose únicamente para el cálculo del salario
por conceptos fijos sobre el que se practicará la homogeneización con la percepción fija
mínima bruta anual del convenio del sector y el cambio de la estructura salarial. En
cualquier caso, la base de cálculo anteriormente descrita, pasará a aplicarse y abonarse
con fecha de efectos de 01/01/2022.
Así, una vez efectuado el cálculo del importe del salario por conceptos fijos revisado,
se procederá al cambio de la estructura salarial y la homogeneización con la percepción
fija mínima bruta anual del convenio del sector calculada a 31 de diciembre de 2021. En
caso de que el importe revisado sea superior a la percepción fija mínima bruta anual
fijada en el convenio del sector, la diferencia o sobrante se incluirá en un complemento
ad personam.
Este complemento tendrá las siguientes características: