III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21654)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Acciona Airport Services, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 178468

Área.
La variedad de las actividades encomendadas a este colectivo aconseja que sin
perjuicio de que exista un conjunto de ellas comunes a todo él, se puedan definir
parcelas de actividad tales como:
a) Atención al pasaje, despacho de aviones, carga y correo, pasajeros con
movilidad reducida y servicio de pasarelas.
b) Administración general.
Subgrupos profesionales.
Se definen dos subgrupos profesionales:
Subgrupo de ejecución/supervisión-Agente Administrativo.
Subgrupo de mando-Jefatura Administrativa.
a) Agente Administrativo. Realizará los trabajos de ejecución inherentes a su Grupo
y por motivos de organización del trabajo, la Dirección designará entre el personal
administrativo, aquellos que adicionalmente realizarán tareas de supervisión. Dicha
supervisión comprende la distribución, coordinación y control de los trabajos del grupo o
equipo de las personas que se les asignen.
b) Jefatura Administrativa. El personal administrativo del subgrupo de mando,
además de realizar los trabajos de ejecución/supervisión, y a las órdenes de la
superioridad jerárquica correspondiente y/o en aplicación de las directrices recibidas,
dirigirán los trabajos asignados o realizados en el ámbito de su competencia y/o
estudiando, coordinando o controlando trabajos técnicos administrativos.
Grupo de Servicios auxiliares.
Se integra en este colectivo, el personal encargado de realizar tareas, actividades,
funciones y/o de asumir responsabilidades relacionadas con la asistencia a
determinadas operaciones auxiliares, manipulación de equipajes, mercancías, correo,
conducción de vehículos, push-back. Puntear, registrar, mercancías, correo, manifiestos
de carga, etc.. suministrar fluidos al avión, a los vehículos y equipos tierra,
entretenimiento de la unidad o unidades con las que opere, así como su conservación y
mantenimiento. Eliminar hielo, nieve, aceites o cualesquiera otros residuos en las zonas
internas y externas, tanto de aviones como de vehículos y equipos, y otras
análogas; Atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida en cualquiera de sus
necesidades, ayuda a los PMRs con menores y manejo en tierra de todos los equipos de
movilidad asociados al servicio (vehículos, sillas, monolitos...); tareas, actividades y
funciones relacionadas el manejo y conducción de pasarelas de embarque, guías de
atraque y suministro de 400 Hz y aire acondicionado. Asimismo, siempre y cuando
tengan la cualificación y formación adecuada, todas aquellas funciones relacionadas con
la salida del avión, así como la utilización de manera autónoma de vehículos no
tripulados para realizar dichas funciones.

La variedad de las actividades encomendadas a este colectivo aconseja que sin
perjuicio de que exista un conjunto de ellas comunes a todo él, se podrán definir parcelas
de actividad tales como:
a)
b)

Servicios Aeroportuarios.
Servicios Generales.

cve: BOE-A-2022-21654
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Área.