III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21654)
Resolución de 7 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Acciona Airport Services, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178466
En caso de falta de voluntarios, la empresa, por orden inverso de escalafón, remitirá
comunicación a los trabajadores preavisando de su incorporación al llamamiento
adicional con carácter obligatorio.
Este preaviso tendrá carácter provisional, fijándose la fecha concreta de
incorporación, jornada y periodo de actividad previsto, en comunicación individualizada
posterior que se producirá una vez se determinen con certeza las necesidades
productivas de la empresa, y en todo caso, con siete días de antelación a la fecha de
incorporación.
El llamamiento adicional se considera único con independencia de que se desarrolle
en distintos periodos, por lo que si un trabajador ha manifestado su rechazo a prestar
servicios durante el llamamiento adicional, no será preciso volver a requerirle la
voluntariedad en cada uno de los periodos. Ello tampoco supondrá baja voluntaria, ni
perjuicio alguno para la persona trabajadora.
Cada uno de los periodos de actividad dentro del llamamiento tendrá una duración
mínima de 15 días naturales, sin que la duración total del llamamiento pueda ser superior
a un mes.
En el llamamiento adicional, la jornada de trabajo efectiva de una persona
trabajadora con contrato fijo discontinuo no podrá ser inferior a 15 horas semanales de
promedio en proporción a sus periodos de llamamiento, en los años 2022, 2023 y 2024.
Para el año 2025, la jornada de trabajo efectiva de una persona trabajadora con contrato
fijo discontinuo no podrá ser inferior a 18 horas semanales de promedio en proporción a
sus periodos de llamamiento.
Las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo de los Aeropuertos de Palma
de Mallorca e Ibiza, percibirán por su especial regulación, el plus FTP regulado en el
artículo 30 del presente convenio, siendo incompatible con el plus de turnicidad/
flexibilidad/disponibilidad y con el plus de jornada irregular.
Excepcionalmente, cuando en el ámbito de un centro de trabajo determinado se
acredite objetivamente la concurrencia de causas que impidan coyunturalmente respetar
el límite de jornada mínima y/o el periodo de llamamiento mínimo establecido en cada
caso para el personal fijo discontinuo, se podrá acordar, en el seno de la Comisión
Paritaria del Convenio, previa consulta e informe del Comité del centro, que no rija
temporalmente el límite establecido en la regulación convencional aplicable.
Contratos con distribución irregular de la jornada.
Atendiendo al carácter de servicio público de las actividades de Acciona Airport
Services, SAU, de su estacionalidad y de la especial distribución de las cargas de trabajo
y como medida de mejora de la calidad y estabilidad en el empleo de los trabajadores y
trabajadoras, se acuerda que se podrán realizar contratos con distribución irregular de la
jornada de trabajo.
Se considera jornada irregular aquella en la que el trabajador fijo a tiempo completo
realiza su prestación en forma no regular, con respeto en todo caso del límite máximo de
la jornada establecida en cómputo anual en el artículo 22 del presente convenio. La
prestación de trabajo bajo la modalidad de turnos rotatorios no tiene la consideración de
jornada irregular.
El personal afecto a esta modalidad de distribución de jornada percibirá el plus de
jornada irregular regulado en el artículo 30 del presente convenio. Dado que los horarios
que realiza el personal afecto a esta modalidad de distribución de jornada no tienen
consideración de turno, este plus es incompatible con el plus de turnicidad/flexibilidad/
disponibilidad. También será incompatible, a su vez, con el plus FTP.
cve: BOE-A-2022-21654
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 304
Martes 20 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 178466
En caso de falta de voluntarios, la empresa, por orden inverso de escalafón, remitirá
comunicación a los trabajadores preavisando de su incorporación al llamamiento
adicional con carácter obligatorio.
Este preaviso tendrá carácter provisional, fijándose la fecha concreta de
incorporación, jornada y periodo de actividad previsto, en comunicación individualizada
posterior que se producirá una vez se determinen con certeza las necesidades
productivas de la empresa, y en todo caso, con siete días de antelación a la fecha de
incorporación.
El llamamiento adicional se considera único con independencia de que se desarrolle
en distintos periodos, por lo que si un trabajador ha manifestado su rechazo a prestar
servicios durante el llamamiento adicional, no será preciso volver a requerirle la
voluntariedad en cada uno de los periodos. Ello tampoco supondrá baja voluntaria, ni
perjuicio alguno para la persona trabajadora.
Cada uno de los periodos de actividad dentro del llamamiento tendrá una duración
mínima de 15 días naturales, sin que la duración total del llamamiento pueda ser superior
a un mes.
En el llamamiento adicional, la jornada de trabajo efectiva de una persona
trabajadora con contrato fijo discontinuo no podrá ser inferior a 15 horas semanales de
promedio en proporción a sus periodos de llamamiento, en los años 2022, 2023 y 2024.
Para el año 2025, la jornada de trabajo efectiva de una persona trabajadora con contrato
fijo discontinuo no podrá ser inferior a 18 horas semanales de promedio en proporción a
sus periodos de llamamiento.
Las personas trabajadoras con contrato fijo discontinuo de los Aeropuertos de Palma
de Mallorca e Ibiza, percibirán por su especial regulación, el plus FTP regulado en el
artículo 30 del presente convenio, siendo incompatible con el plus de turnicidad/
flexibilidad/disponibilidad y con el plus de jornada irregular.
Excepcionalmente, cuando en el ámbito de un centro de trabajo determinado se
acredite objetivamente la concurrencia de causas que impidan coyunturalmente respetar
el límite de jornada mínima y/o el periodo de llamamiento mínimo establecido en cada
caso para el personal fijo discontinuo, se podrá acordar, en el seno de la Comisión
Paritaria del Convenio, previa consulta e informe del Comité del centro, que no rija
temporalmente el límite establecido en la regulación convencional aplicable.
Contratos con distribución irregular de la jornada.
Atendiendo al carácter de servicio público de las actividades de Acciona Airport
Services, SAU, de su estacionalidad y de la especial distribución de las cargas de trabajo
y como medida de mejora de la calidad y estabilidad en el empleo de los trabajadores y
trabajadoras, se acuerda que se podrán realizar contratos con distribución irregular de la
jornada de trabajo.
Se considera jornada irregular aquella en la que el trabajador fijo a tiempo completo
realiza su prestación en forma no regular, con respeto en todo caso del límite máximo de
la jornada establecida en cómputo anual en el artículo 22 del presente convenio. La
prestación de trabajo bajo la modalidad de turnos rotatorios no tiene la consideración de
jornada irregular.
El personal afecto a esta modalidad de distribución de jornada percibirá el plus de
jornada irregular regulado en el artículo 30 del presente convenio. Dado que los horarios
que realiza el personal afecto a esta modalidad de distribución de jornada no tienen
consideración de turno, este plus es incompatible con el plus de turnicidad/flexibilidad/
disponibilidad. También será incompatible, a su vez, con el plus FTP.
cve: BOE-A-2022-21654
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