III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-21636)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Vila-Seca a inscribir una escritura de protocolización de cuaderno particional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 304

Martes 20 de diciembre de 2022

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
21636

Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Vila-Seca a inscribir una escritura de
protocolización de cuaderno particional.

En el recurso interpuesto por don J. M. P. M., abogado, en nombre y representación
de doña M. N. y doña M. A. S. M. S., contra la negativa del registrador de la Propiedad
de Vila-Seca, don Juan Pablo de la Cruz Martín, a inscribir una escritura de
protocolización de cuaderno particional.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 12 de mayo de 2022 por el notario de
Cerdanyola del Vallès, don Teodoro López-Cuesta Fernández, con el número 1.286 de
protocolo, se protocolizó el cuaderno particional de la herencia de don F. S. M. L., siendo
su antecedente el decreto emitido el día 29 de diciembre de 2021 por el letrado de la
Administración de Justicia en el procedimiento de división de herencia número 783/2019,
seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 8 de Cerdanyola del
Vallés, en el que dispuso lo siguiente: «Apruebo las operaciones divisorias realizadas por
el contador D. F. M. las cuales se protocolizarán en la Notaría que, por turno,
corresponda. Ofíciese al Decano del Colegio de Notarios de Cataluña para que participe
el Notario a quien por turno corresponda la protocolización».
II
Presentada copia autorizada de la referida escritura en el Registro de la Propiedad
de Vila-Seca, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Primero. Mediante escritura autorizada por el notario de Cerdanyola del Vallés don
Teodoro López Cuesta el día 12 de mayo de 2022 número 1286 de protocolo se
protocoliza el cuaderno particional por fallecimiento de don F. S. M. L., adjudicándose
una mitad indivisa de las fincas 44039-2 y 43091 de este Registro de la Propiedad, por
mitades indivisas doña M. N. y doña M. A. S. M. S., consecuencia del procedimiento de
división de herencia 783/2019 seguida ante el Juzgado de Primera Instancia 8 de
Cerdanyola del Vallés.
Dicha escritura, a la que se incorporan los documentos que se irán detallando en la
presente calificación, ha sido presentada el día 22 de junio de 2022 bajo el asiento 2293
del diario 72.
Segundo. De la documentación referida resulta lo siguiente:
1. Don F. S. M. L. falleció el día 24 de marzo de 1997 en estado de separado de
doña C. S. B. en virtud de sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia
número 29 de Madrid el día 28 de febrero de 1997.
Don F. S. M. L. falleció bajo la vigencia de su último testamento autorizado por el
notario de Barcelona don José Francisco Cuenca Mascarós el día 28 de noviembre
de 1996 en el que tras manifestar estar sujeto al Derecho Común, casado con la señora
S. B. y tener tres hijos M. N. Y., M. A. y M. P. S. M. S., y sin perjuicio de los derechos

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