II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos. (BOE-A-2022-21487)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 175308

− Colaboraciones puntuales e informes profesionales relacionados con las funciones
propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Real Decreto 184/2008 y que no se
hayan computado para acreditar el cumplimiento del requisito de tres años de
experiencia profesional. Se valorarán por el tribunal hasta un total máximo de 2 puntos
en este subapartado, según la dificultad técnica, el grado de complejidad y el volumen de
las actividades acreditadas. Se valorarán especialmente aquellos trabajos, actividades o
tareas desempeñadas que tuvieran una relación directa con las áreas de responsabilidad
y competencias de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea o de la Dirección General de
Aviación Civil, descritas en el Real Decreto 447/2012 de 1 de marzo y el resto de la
normativa aplicable. No serán tenidas en cuenta las colaboraciones e informes
profesionales desarrollados en puestos de trabajo ya valorados en el epígrafe anterior.
La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
3.

Curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico organizado por la
Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 645/2020 de 6 de
julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE
del 4), por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se
establece la estructura orgánica básica de los departamento ministeriales, y el Real
Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9
de septiembre (BOE del 25), sobre delegación de competencias.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro
desempeño profesional y se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de aprobados de la fase de
oposición y tendrá una duración máxima de dos meses.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes
dependerán directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos, en virtud
de las atribuciones que, en materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el
Real Decreto Real Decreto 645/2020 de 6 de julio (BOE del 7), por la que se desarrolla la
estructura orgánica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Real
Decreto 308/2022, de 3 de mayo (BOE del 4), por el que se modifican el Real
Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica
de los departamento ministeriales, y el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que
se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana y la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre (BOE del 25), sobre
delegación de competencias.
La Subdirección General de Recursos Humanos establecerá el calendario, programa
y normas internas que regulen el curso selectivo. Constará de distintos módulos sobre
materias relacionadas con el funcionamiento de la administración, igualdad y violencia de
género, transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, desarrollo
sostenible y las materias específicas del temario. Se podrán utilizar medios telemáticos
para su impartición.
El curso tendrá una valoración máxima de 50 puntos siendo necesario obtener al
menos 25 puntos para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de oposición, en el concurso y en el curso selectivo.

cve: BOE-A-2022-21487
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Núm. 303