III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-21554)
Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico del "Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad".
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 303

Lunes 19 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 175617

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
21554

Resolución de 2 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe ambiental estratégico del
«Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad».

Con fecha 9 de mayo de 2022, tuvo entrada en esta Dirección General, solicitud de la
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), de inicio de tramitación de
procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de la revisión del «Plan
Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad», de acuerdo con el artículo 29
de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
La evaluación ambiental estratégica, regulada en la Ley de evaluación ambiental,
tiene como fin principal la integración de los aspectos ambientales en la planificación
pública. Se trata de evitar desde las primeras fases de su concepción que las
actuaciones previstas en un plan o programa puedan causar efectos adversos en el
medio ambiente.
El promotor del Plan Estratégico del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (en adelante
PEPNB) es la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina y el órgano
sustantivo, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del MITECO.
El PEPNB es un instrumento creado y regulado por la Ley 42/2007, de 13 de
diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Mediante el Real
Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, se aprobó el PEPNB 2011-2017, que
cumpliendo las premisas de la citada Ley, se alinea con los compromisos asumidos por
España sobre conservación de la biodiversidad y el patrimonio natural en el ámbito
internacional y de la Unión Europea, en especial, con los compromisos derivados del
Plan Estratégico del Convenio sobre la Diversidad Biológica para el período 2011‑2020 y
de la Estrategia de la UE sobre biodiversidad «Nuestro seguro de vida, nuestro capital
natural: una estrategia de biodiversidad de la UE para 2020».
El último informe de seguimiento del PEPNB 2011-2017, publicado a principios de 2019,
identifica su desacoplamiento con los periodos de vigencia de otros planes en el ámbito
europeo e internacional, como uno de los problemas a solucionar. Por ello, la Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina considera conveniente alinear el PEPNB con el
futuro Plan Estratégico del Convenio sobre Diversidad Biológica para el periodo posterior
a 2020 y con la Estrategia sobre Biodiversidad de la UE hasta el año 2030.
Así, la aprobación del nuevo PEPNB 2030 tiene por objeto la revisión del
PEPNB 2011-2017, para adaptarlo a las circunstancias actuales sobre las medidas en
favor de la conservación, uso sostenible y restauración del patrimonio natural y la
biodiversidad, en el ámbito nacional e internacional en el horizonte temporal 2030.
Con fecha 28 de julio de 2022, se inicia la fase de consultas a las Administraciones
públicas afectadas y a las personas interesadas en relación con el Plan, de conformidad
con el artículo 30 de la Ley de evaluación ambiental.
La tabla del anexo I recoge los organismos y entidades consultados durante esta
fase, y si han remitido su informe en relación con el documento ambiental estratégico.
Los organismos que han emitido contestación no informan sobre la existencia de
impactos ambientales negativos y significativos asociados a la ejecución del Plan que
motiven su evaluación ambiental estratégica ordinaria. Tampoco sugieren modificaciones
al contenido del plan o medidas para evitar o reducir posibles impactos negativos y

cve: BOE-A-2022-21554
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes de hecho