II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-21485)
Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
35 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 175242

el año 2021 y en el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la
oferta de empleo público para el año 2022, tal y como se establece en los cuadros
recogidos en el anexo I de esta convocatoria.
La convocatoria de las plazas se llevará a cabo conjuntamente en todo el territorio
nacional, de acuerdo con la distribución territorial, entre el ámbito gestionado por el
Ministerio de Justicia y las distintas Comunidades Autónomas con competencias
asumidas en medidos personales, que se recoge en el anexo II. Los aspirantes, dentro
de cada Cuerpo, podrán concurrir por uno de estos ámbitos territoriales, según las
instrucciones detalladas en el anexo VII.
Cuando el número de plazas o el mejor desarrollo de los procesos selectivos lo
aconseje, se podrán agrupar las vacantes correspondientes a uno o varios territorios,
solamente a efectos de la ejecución del proceso selectivo. Así, aunque las personas
aspirantes se examinen en una sede territorial diferente a la del ámbito por el que
concurren, de resultar aprobados o aprobadas en la convocatoria, serán destinados o
destinadas obligatoriamente a alguna de las vacantes radicadas en el ámbito territorial
que hubieran expresado en su solicitud.
1.2 Del total de las plazas convocadas se reservarán 77 plazas del Cuerpo de
Gestión Procesal y Administrativa, 83 plazas del Cuerpo de Tramitación Procesal y
Administrativa y 41 plazas del Cuerpo de Auxilio Judicial, con la distribución territorial
reflejada en el anexo II, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de
personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que
acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el
desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo por el que se presenten y
superen las pruebas selectivas.
Se considerarán personas afectadas por una discapacidad en grado igual o superior
al 33 % de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de
diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los
efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y
de su inclusión social, las personas pensionistas de la Seguridad Social que tengan
reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran
invalidez, y las personas pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una
pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.
Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas no se
acumularán a las del sistema general de esta convocatoria.
Las personas aspirantes que opten por el cupo de reserva de personas con
discapacidad habrán de indicarlo en la solicitud de participación en la respectiva
convocatoria, según instrucciones detalladas en el anexo VII. Quienes soliciten participar
por el cupo reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por
este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión de la persona
aspirante que no la hubiese observado.
De la misma manera, las personas aspirantes que hubieran optado por el sistema
general no podrán cambiar al cupo de reserva para personas con discapacidad.
Excepcionalmente, quienes hubieran solicitado la condición legal de personas con
discapacidad antes del día de la publicación de la presente convocatoria y que hubieran
obtenido el reconocimiento del grado de discapacidad con posterioridad a la finalización
de la presentación de instancias, podrán solicitar cambio cupo dentro de su mismo
ámbito territorial de elección hasta el día de la publicación de la relación provisional de
personas admitidas y excluidas.
Las personas aspirantes con discapacidad, podrán pedir en el modelo oficial de
solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas
del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De
solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por
el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad

cve: BOE-A-2022-21485
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 303