II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE JUSTICIA. Cuerpos y escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia. (BOE-A-2022-21485)
Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema general de acceso libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 19 de diciembre de 2022

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encuentra desarrollándose. En el mismo no se incluyen las plazas de promoción interna
correspondientes a la oferta de empleo público de 2022 pues al momento de la
convocatoria aún no había sido aprobada.
Tal y como prevé la disposición adicional quinta del Real Decreto 407/2022, de 24 de
mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, las plazas no
convocadas correspondientes a las ofertas de empleo público de 2020 y 2021, serán
acumuladas a la convocatoria de la oferta de empleo público de 2022. De este modo, la
presente Orden lleva a cabo de manera acumulada la oferta de empleo público para el
turno libre de los tres ejercicios indicados.
A diferencia de los últimos procesos en los que se aplicó el sistema selectivo de
concurso-oposición (dada la naturaleza extraordinaria de esas ofertas de 2017, 2018
y 2019, en las que se combinaban plazas de reposición con las de estabilización), en la
presente convocatoria el sistema de ingreso es la oposición. Se ofertan exclusivamente
plazas de reposición aprobadas por los Reales Decretos ya mencionados para los
ejercicios 2020, 2021 y 2022.
Así mismo, la necesidad de agilizar plazos y acortar la duración de procesos
selectivos, a la que seguidamente se hace alusión, aconsejan también la elección de
este sistema selectivo de oposición, para así atender en los plazos legales fijados los
procesos extraordinarios de estabilización previstos en la Ley 20/2021, que se llevarán a
cabo a través de los sistemas de concurso y del concurso-oposición.
Por otra parte, la referida Ley 20/2021 ha establecido también el mandato a las
distintas Administraciones Públicas de asegurar el cumplimiento de los plazos de
ejecución de los procesos selectivos, mediante la adopción de medidas apropiadas para
la agilización de su desarrollo, tales como la reducción de plazos, la digitalización de los
procesos o la acumulación de pruebas en un mismo ejercicio, entre otras. En
consecuencia, en la presente convocatoria, sin perjuicio de otras medidas que puedan
adoptarse para conseguir esta agilización en los procesos selectivos, se concentrarán
los diferentes ejercicios de cada uno de los procesos en el mismo día, pero en día
diferente para cada uno de los Cuerpos funcionariales.
También como medida para aumentar agilización de los procesos selectivos,
reclamada por el Real 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de
empleo público para el año 2022, así como por la Ley 20/2021 ya citada, se procede en
estas convocatorias a la reducción de los plazos finales de las mismas, evitando así
demoras en su resolución y en la incorporación del nuevo personal.
Por último, a fin de evitar que, consecuencia del carácter territorializado de proceso
selectivo, puedan quedar plazas sin cubrir en algún ámbito territorial, cuando en otro
ámbito territorial hay personas aspirantes que, pese a tener todos los ejercicios
superados y baremados sus méritos, no han superado el proceso selectivo por la
imposibilidad de ser superado por un número de personas aspirantes superior al de
plazas convocatorias, se prevé la posibilidad que tales plazas vacantes puedan ser
ofertadas a las personas aspirantes de otros ámbitos, previa su aceptación de cambio de
ámbito territorial por el que se presentaron, dado que los cortes de los distintos ejercicios
será el mismo en todos los ámbitos territoriales con independencia del número de plazas
convocadas o de instancias presentadas.
Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por
el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del

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Núm. 303