II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo. (BOE-A-2022-21413)
Resolución de 12 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, Especialidad Sanidad y Consumo.
67 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022

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pulsando el botón «Acceder». Es imprescindible disponer de certificado electrónico o
estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.
La presentación electrónica permitirá lo siguiente:





La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.
Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.
El pago electrónico de tasas.
El registro electrónico de la solicitud.

– Responsable: Ministerio de Sanidad. Subsecretaría. Subdirección General de
Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Paseo del Prado n.º 18-20, 28071
(Madrid). Correo: subsecretaria@sanidad.gob.es.
– Delegado de Protección de Datos: delegadoprotecciondatos@sanidad.gob.es
– Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario
– Legitimación: Artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
– Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre,
apellidos y los dígitos del documento nacional de identidad, número de identidad de
extranjero, o documento equivalente que correspondan según la Orientación para la
aplicación provisional de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018)
serán publicados en la página web del Ministerio de Sanidad y en el Punto de Acceso
General https://administracion.gob.es.
– Derechos: Las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación,
supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos
establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-A-2022-21413
Verificable en https://www.boe.es

Cumplimentados todos los datos solicitados, las personas interesadas pulsarán el
botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente
si se muestran los justificantes del pago y registro de la inscripción.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2
de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el
pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las
tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia
Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.
En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía electrónica tengan
que ir acompañadas de documentación adicional, de conformidad con lo previsto en las
bases 8.2, 9.7 y 9.10, esta podrá adjuntarse escaneada en la solicitud electrónica.
9.4 Las solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su presentación en
las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas
solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber
ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en
cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un
número de cuenta bancaria abierta en una entidad en el extranjero a la cuenta corriente
restringida de recaudación código SWIFT BBVAESMM; IBAN ES29 0182 2370 4102
00000822 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, siendo por cuenta de la persona
aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia.
9.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo V.
9.6 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la
información básica al respecto: