I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-21406)
Orden TED/1243/2022, de 2 de diciembre, por la que se aprueba la metodología de cálculo de la retribución de la instalación hidráulica reversible de 200 MW de Chira Soria en Gran Canaria, titularidad del operador del sistema.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022

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Respecto de la adecuación de la misma a los principios de necesidad y eficacia, se
orienta a la consecución de establecer la retribución particular de la instalación de
bombeo reversible de Chira Soria, en la isla de Gran Canaria.
La norma también garantiza la proporcionalidad dado que es la única medida que
permite la aprobación y establecimiento de este marco retributivo.
La seguridad jurídica y la transparencia están garantizadas pues la aplicación de la
misma se hace mediante el uso de valores y fórmulas de cálculo explícitas, con la
definición de los parámetros revisables donde sea requerido. Del mismo modo, se ha
llevado a cabo el preceptivo trámite de audiencia e información pública del proyecto de
orden, a través de la página web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto
Demográfico, en aras de asegurar la transparencia durante la tramitación de la misma.
Por último, se cumple el principio de eficiencia en el sentido de que la presente orden
se circunscribe a los objetivos buscados añadiendo las mínimas cargas necesarias y
racionalizando la gestión de recursos públicos.
La propuesta de orden ha sido objeto de informe de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, aprobado por el Pleno a fecha de 16 de junio de 2022.
Esta orden ministerial se dicta al amparo de lo establecido en el artículo 149.1. 13.ª
y 25.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado competencia exclusiva en
materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y
de bases del régimen minero y energético, respectivamente.
Mediante Acuerdo de 28 de noviembre de 2022, la Comisión Delegada del Gobierno
para Asuntos Económicos ha autorizado a la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y
Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico a dictar esta orden.
En su virtud, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos
Económicos, dispongo:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de la metodología de cálculo de
la retribución de la instalación hidráulica reversible de Chira Soria en Gran Canaria,
titularidad del operador del sistema.
Artículo 2.

Ámbito de aplicación.

Esta orden es de aplicación al operador del sistema, como titular de la instalación de
bombeo Chira Soria ubicada en el subsistema eléctrico de Gran Canaria.
CAPÍTULO II
Cálculo de la retribución de la instalación Chira Soria

1. La retribución anual de la instalación Chira Soria estará compuesta por una
retribución por inversión, una retribución por operación y mantenimiento fijo, por
operación y mantenimiento variable, un incentivo a la actividad de almacenamiento y una
retribución asociada a la fase de construcción, de acuerdo con la siguiente formulación:
Rn = RIn + ROMfn + ROMvn + In + Rcn
Donde:
Rn es la retribución anual de la instalación Chira Soria, para el año n, en euros.

cve: BOE-A-2022-21406
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. Definición de la retribución de la instalación Chira Soria.