III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-21447)
Orden ICT/1244/2022, de 13 de diciembre, por la que se modifica la Orden ICT/1524/2021, de 30 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el programa "Experiencias Turismo España" y se aprueba su convocatoria para el ejercicio 2021 en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
31 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 302

Sábado 17 de diciembre de 2022
Dieciocho.

Sec. III. Pág. 175094

Se añade un nuevo anexo VI, con la redacción siguiente:
«ANEXO VI

Modelo declaración responsable PRTR cesión y tratamiento de datos en
relación con la ejecución de actuaciones
(Todos y cada uno de los participantes como beneficiarios deberán rellenar, firmar
y presentar esta declaración)
Declaración responsable PRTR cesión y tratamiento de datos en relación con la
ejecución de actuaciones (modelo anexo IV. B de la Orden HFP/1030/2021)
El declarante:
Don/Doña
Con NIF
Por sí mismo o en representación de la
entidad
Con CIF
En calidad de
Datos de contacto (dirección, teléfono,
email).

Declara bajo su responsabilidad:
Que concurre como beneficiaria de ayudas financiadas con recursos
provenientes del PRTR en el desarrollo de actuaciones necesarias para la
consecución de los objetivos definidos en el Componente 14 «Plan de
Modernización y Competitividad del Sector Turístico» y que declara conocer la
normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del
artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia:

i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de
los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o
nacional en materia de contratación pública;
iii. los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del
perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6,
de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de
inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe
total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los
fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión".
2. Apartado 3: "Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d),
del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la

cve: BOE-A-2022-21447
Verificable en https://www.boe.es

1. La letra d) del apartado 2: «Recabar, a efectos de auditoría y control del
uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas
y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un
formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única,
las categorías armonizadas de datos siguientes: