II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21367)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

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6.2 Los empates que se produzcan se dirimirán a favor de quienes obtengan mayor
puntuación en la primera prueba y, de persistir, se tomarán en consideración,
sucesivamente y por este orden, las puntuaciones obtenidas en la tercera y segunda
prueba.
De continuar el empate con los criterios establecidos anteriormente, este se
resolverá mediante un único sorteo, celebrado al efecto por el Tribunal calificador. Entre
las personas igualadas se seleccionará una al azar, mediante la asignación de un
número a cada una de ellas ordenadas por orden alfabético, de modo que todos los
empates se solventarán atendiendo al orden alfabético, partiendo de los apellidos y
nombre de la persona cuyo número haya sido extraído en el sorteo.
7.

Elección de vacantes

7.1 El Servicio de Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra
convocará a través del Tablón Electrónico de la Universidad Pública de Navarra el acto
de elección de vacantes, mediante la publicación de la relación de las plazas vacantes a
elegir por los aspirantes, del listado de personas aspirantes convocadas a la elección, en
el número que se establezca en atención al número de plazas vacantes determinadas,
siguiendo el orden de preferencia que tienen en la elección de vacantes, por orden de
puntuación, y del plazo de diez días hábiles que se concede para la elección de las
vacantes.
7.2 Las personas incluidas en la citada lista comunicarán, en el plazo a tal efecto
señalado, su orden de preferencia por las vacantes del puesto de trabajo objeto de la
presente convocatoria. Las personas aspirantes que, dentro del plazo indicado, y salvo
los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no formulen la elección, perderán
todos sus derechos a desempeñar el puesto de trabajo objeto de la presente
convocatoria. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base D.4. de las normas
comunes a las dos convocatorias.
7.3 Las personas aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior
al 33 por 100, con cabida en el número de plazas determinadas para el procedimiento de
ingreso, tendrán preferencia sobre el resto de aspirantes en la elección de las vacantes.
No obstante lo anterior, en el caso de que haya personas aspirantes con la
discapacidad mencionada y ésta influya en las condiciones de desempeño de las
distintas vacantes, con carácter previo a la elección se les ofertarán las que resulten más
acordes con su discapacidad, a la vista del informe que emita al respecto el equipo de
valoración y orientación competente.
Por su parte, las personas aspirantes que superen las pruebas selectivas por el turno
de promoción tendrán, con la excepción contemplada para personas aspirantes por el
turno de discapacidad, preferencia para elegir las vacantes objeto de convocatoria sobre
las personas aspirantes del turno libre.
8. Propuesta de nombramiento y presentación de documentos
8.1 Una vez finalizado el trámite de elección de vacantes, el Tribunal elevará al
Gerente, junto con el expediente completo, la propuesta de nombramiento, como
personal funcionario, de las personas aspirantes aprobadas que tengan cabida en el
número de plazas convocadas, que se publicará en el Tablón Electrónico de la
Universidad Pública de Navarra.
8.2 Las personas aspirantes propuestas deberán presentar la documentación
señalada en la base D de las normas comunes a las dos convocatorias en el plazo
establecido en la misma.

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Núm. 301