II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2022-21367)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de Técnico PB.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 16 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 174476

A estos efectos, y al previsto en la base 4.2.a) de la presente convocatoria respecto a
la exención del pago de la tasa, las personas aspirantes deberán acreditar su condición
mediante la presentación del Certificado expedido por el IMSERSO u órgano competente
de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad
Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por Incapacidad
Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez, pudiendo aportar, igualmente, la
documentación que estimen conveniente para la justificación de la adaptación solicitada.
4.

Tasa

4.1 La tasa por la prestación de los servicios necesarios para la realización del
proceso selectivo será de 41,60 euros.
El abono de la tasa se realizará mediante ingreso en efectivo o transferencia en la
cuenta corriente ES16 3008 0001 18 0700190523 de Caja Rural de Navarra, debiendo
figurar en el justificante la identidad del aspirante y la identificación «Técnico PB
(Euskera) Oposición».
En el caso de que se solicite la admisión en ambas convocatorias se abonarán dos
tasas, una por cada procedimiento de ingreso.
4.2 Estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33
por 100.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la discapacidad reconocida, se
acreditará mediante la presentación del Certificado expedido por el IMSERSO u órgano
competente de la Comunidad Autónoma, o de la Resolución del Instituto Nacional de la
Seguridad Social por la que se reconoce el derecho a la percepción de prestación por
Incapacidad Permanente Total, Absoluta o Gran Invalidez.
b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el
plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria.
La exención prevista en el párrafo anterior, referida a la situación de desempleo, se
acreditará mediante certificación expedida por la Oficina de Empleo que corresponda, en
la que se hará constar la fecha de inscripción como persona desempleada.
4.3 Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa dentro del
plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión de la persona aspirante,
siendo un requisito insubsanable.
4.4 En ningún caso el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
5.

Desarrollo de la oposición

5.1 La oposición será común para ambas convocatorias y se desarrollará de
conformidad con lo establecido en la base C de las normas comunes a las dos
convocatorias.
5.2 Cada una de las pruebas será eliminatoria. Quedarán eliminadas aquellas
personas aspirantes que no obtengan al menos la mitad de la puntuación máxima
asignada a cada prueba.
6.

Relación de personas aprobadas

6.1 Concluidas las pruebas selectivas, el Tribunal calificador publicará la relación de
personas aprobadas con las calificaciones obtenidas en la oposición, distribuidas por
turnos y por orden de puntuación alcanzada, trasladando dicha relación al Servicio de
Recursos Humanos de la Universidad Pública de Navarra a fin de efectuar el trámite de
elección de vacantes.

cve: BOE-A-2022-21367
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Núm. 301