III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Ayudas. (BOE-A-2022-21388)
Orden TED/1240/2022, de 14 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas de transición justa, para el periodo 2022-2027.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Viernes 16 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 174776
Inversión inicial:
a) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un
nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la
diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente
no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de
producción de un establecimiento existente, o
b) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que
habría cerrado si no hubiera sido adquirido y que es comprado por un inversor no
vinculado al vendedor; la mera adquisición de las acciones de una empresa no se
considerará inversión inicial.
Inversión inicial en favor de una nueva actividad económica:
cve: BOE-A-2022-21388
Verificable en https://www.boe.es
a) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un
nuevo establecimiento, o la diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre
y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada
anteriormente en el establecimiento.
b) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o
que habría cerrado si no hubiera sido adquirido y que es comprado por un inversor no
vinculado al vendedor, siempre y cuando la nueva actividad que vaya a realizarse
utilizando los activos adquiridos no sea la misma actividad o una actividad similar a la
realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 301
Viernes 16 de diciembre de 2022
Sec. III. Pág. 174776
Inversión inicial:
a) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un
nuevo establecimiento, la ampliación de la capacidad de un establecimiento existente, la
diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente
no se producían en el mismo o una transformación fundamental del proceso global de
producción de un establecimiento existente, o
b) Adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o que
habría cerrado si no hubiera sido adquirido y que es comprado por un inversor no
vinculado al vendedor; la mera adquisición de las acciones de una empresa no se
considerará inversión inicial.
Inversión inicial en favor de una nueva actividad económica:
cve: BOE-A-2022-21388
Verificable en https://www.boe.es
a) Inversión en activos materiales e inmateriales relacionada con la creación de un
nuevo establecimiento, o la diversificación de la actividad de un establecimiento, siempre
y cuando la nueva actividad no sea una actividad idéntica o similar a la realizada
anteriormente en el establecimiento.
b) La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento que ha cerrado o
que habría cerrado si no hubiera sido adquirido y que es comprado por un inversor no
vinculado al vendedor, siempre y cuando la nueva actividad que vaya a realizarse
utilizando los activos adquiridos no sea la misma actividad o una actividad similar a la
realizada en el establecimiento con anterioridad a la adquisición.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X