III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2022-21382)
Orden ICT/1238/2022, de 9 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el impulso de la mejora de la productividad en pequeñas y medianas empresas industriales a través de proyectos piloto de reducción de la jornada laboral.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301

Viernes 16 de diciembre de 2022
3.

Sec. III. Pág. 174668

En todo caso, el alcance del incumplimiento será total en los siguientes casos:

a) El falseamiento, la inexactitud o la omisión en los datos suministrados por el
beneficiario que hayan servido de base para la concesión o para la determinación de
condiciones específicas de la resolución de concesión.
b) El incumplimiento del contenido del plan de innovación organizativa y mejora de
la productividad
Artículo 23.

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1. Toda referencia en cualquier medio de difusión a inversiones financiadas a partir
de las convocatorias que se deriven de esta orden deberán incluir que han sido
financiadas por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, tal como establece el
artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. El incumplimiento de esta obligación se considerará infracción leve de acuerdo
con el artículo 56.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y se sancionará con una
multa fija en los términos previstos en el artículo 59 de la misma ley, procediendo en
estos casos el reintegro cuando no se adopten las medidas alternativas propuestas por
la Fundación EOI, F.S.P., previstas en el artículo 31.3 del Reglamento de la Ley General
de Subvenciones.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia para las bases y
coordinación de la planificación general de la actividad económica.
Disposición final segunda.

Normativa aplicable.

En todo lo no previsto en esta orden o en las respectivas convocatorias será de
aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y en el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en la
Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y los Estatutos de la Fundación, y
demás disposiciones que resulten de aplicación.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 9 de diciembre de 2022. La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, María
Reyes Maroto Illera.

Sectores de actividad de las potenciales entidades beneficiarias
a) Actividades de producción a escala industrial encuadradas en la sección C –
Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas
(CNAE 2009), aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril.
b) Actividades de valorización a escala industrial encuadradas en la sección 38.3x
de la CNAE 2009, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la
correspondiente autorización de gestión de residuos, y el proyecto a realizar se clasifique
como perteneciente a las operaciones de valorización: R2, R3, R4, R5 (con exclusión de

cve: BOE-A-2022-21382
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO I