III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Ayudas. (BOE-A-2022-21394)
Orden CUD/1241/2022, de 1 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la promoción del sector del videojuego y de otras formas de creación digital, y por la que se aprueba la convocatoria correspondiente a los años 2022 y 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 301
Viernes 16 de diciembre de 2022
Artículo 22.
Sec. III. Pág. 174852
Medios de notificación y publicidad.
La publicación de los actos y trámites del procedimiento y, en particular, la
publicación de la propuesta de resolución y de la resolución del procedimiento se
realizará mediante su inserción en la página web:
https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-ysubvenciones/ayudas-y-subvenciones/industrias.html
http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/libro/sc/becas-ayudasy-subvenciones.html de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Artículo 23.
Registro de datos de los beneficiarios.
1. Tanto la presente orden como la resolución de concesión también se publicará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de acuerdo con lo estipulado en los
artículos 18.2 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Real
Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base Nacional de
Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
2. La Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del
Reglamento del Mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia, podrán
acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, regulado por
el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión
Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales,
entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación
de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de
servicios transnacionales y defensa de los consumidores, así como podrá acceder a
otras bases de datos de las administración que puedan suministrar datos sobre titulares
reales.
3. Se podrá ceder información entre estos sistemas y el Sistema de información del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con la normativa europea y
nacional aplicable.
Artículo 24. Protección de datos de carácter personal.
cve: BOE-A-2022-21394
Verificable en https://www.boe.es
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados en las
solicitudes serán tratados por la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad
Intelectual y Cooperación, con la finalidad de gestionar la participación en este
procedimiento. Los solicitantes podrán ejercer sus derechos ante el responsable del
tratamiento correspondiente al centro gestor así como acceder a información adicional a
través del enlace previsto en la en la página web http://www.culturaydeporte.gob.es
Núm. 301
Viernes 16 de diciembre de 2022
Artículo 22.
Sec. III. Pág. 174852
Medios de notificación y publicidad.
La publicación de los actos y trámites del procedimiento y, en particular, la
publicación de la propuesta de resolución y de la resolución del procedimiento se
realizará mediante su inserción en la página web:
https://www.culturaydeporte.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/becas-ayudas-ysubvenciones/ayudas-y-subvenciones/industrias.html
http://www.culturaydeporte.gob.es/cultura-mecd/areas-cultura/libro/sc/becas-ayudasy-subvenciones.html de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre.
Artículo 23.
Registro de datos de los beneficiarios.
1. Tanto la presente orden como la resolución de concesión también se publicará
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones de acuerdo con lo estipulado en los
artículos 18.2 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y en el Real
Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base Nacional de
Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.
2. La Administración y cuantos órganos se contemplan en el artículo 22 del
Reglamento del Mecanismo de recuperación, transformación y resiliencia, podrán
acceder a la información contenida en el Registro de Titularidades Reales, regulado por
el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión
Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales,
entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación
de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de
servicios transnacionales y defensa de los consumidores, así como podrá acceder a
otras bases de datos de las administración que puedan suministrar datos sobre titulares
reales.
3. Se podrá ceder información entre estos sistemas y el Sistema de información del
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de conformidad con la normativa europea y
nacional aplicable.
Artículo 24. Protección de datos de carácter personal.
cve: BOE-A-2022-21394
Verificable en https://www.boe.es
En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales y del Reglamento (UE) 2016/679,
del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, se informa de que los datos personales facilitados en las
solicitudes serán tratados por la Dirección General de Industrias Culturales, Propiedad
Intelectual y Cooperación, con la finalidad de gestionar la participación en este
procedimiento. Los solicitantes podrán ejercer sus derechos ante el responsable del
tratamiento correspondiente al centro gestor así como acceder a información adicional a
través del enlace previsto en la en la página web http://www.culturaydeporte.gob.es