III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-21296)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Frómista y la Fundación Iberdrola España, para la iluminación ornamental de las cuatro esclusas del Canal de Castilla en la localidad de Frómista.
9 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174049

carácter de confidencial, por lo tanto, no podrá ser revelado a terceros ni utilizados para
un fin distinto a los establecidos en el Convenio sin previa autorización escrita de la Parte
afectada. Por tanto, las partes se comprometen a mantener la más estricta
confidencialidad de los datos de su tratamiento.
Se exceptúan de esta regla general estos supuestos en los que la información debe
ser revelada por disposición legal, judicial o administrativa.
Dicha obligación se extiende a cuantas personas o empresas se contraten por
cualquiera de las partes para la ejecución del presente convenio, a cuyo efecto las partes
se obligan a poner en conocimiento y exigir de las mismas el cumplimiento de idéntica
obligación de confidencialidad.
Undécima.

Tributos.

En la ejecución del contenido del presente Convenio, cada parte soportará los
tributos que se devenguen y sean de su cargo conforme a ley.
Protección de datos de carácter personal.

El tratamiento de datos y actividades que se desarrollen en el marco del presente
Convenio se regirá por lo establecido en la legislación vigente en cada momento, siendo
tratados los datos suministrados conforme a las exigencias legales, comprometiéndose
en todo caso las Partes a observar las medidas de seguridad y demás obligaciones
necesarias que garanticen su confidencialidad, en cumplimiento del Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, del 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección Datos
Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
A efectos del presente Convenio, se entenderá por «datos personales» toda
información guardada, procesada o transmitida por las partes del presente Convenio
relativa a una persona identificada o identificable, así como cualquier otro significado de
acuerdo con la legislación aplicable en materia de protección de datos personales. Los
datos personales se considerarán información sujeta a las obligaciones de salvaguarda y
confidencialidad previstas en el presente Convenio y, en particular, se considerarán
«Información Confidencial», conforme a lo previsto en la Cláusula Décima anterior.
Los datos personales de los representantes de las Partes, así como del resto de
personas de contacto que puedan intervenir en el Convenio serán tratados,
respectivamente, por las Partes, que actuarán, de forma independiente, como
responsables del tratamiento de los mismos. Dichos datos serán tratados para dar
cumplimiento a los derechos y obligaciones contenidas en el Convenio. La base jurídica
del tratamiento es dar cumplimiento al Convenio, así como cumplir con las obligaciones
legales de las Partes.
Los datos se mantendrán mientras esté en vigor la relación contractual establecida
en el Convenio, y, una vez finalizada ésta, debidamente bloqueados, hasta la
prescripción de las posibles acciones legales aparejadas. Los datos serán tratados
únicamente por las Partes y aquellos terceros a los que aquéllas estén legal o
contractualmente obligadas a comunicarlos (como es el caso de terceros prestadores de
servicios a los que se haya encomendado algún servicio vinculado con la gestión o
ejecución del Convenio).
Los titulares de los datos podrán ejercer, en los términos establecidos por la
legislación vigente, los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos, así como
solicitar que se limite el tratamiento de sus datos personales, oponerse al mismo, o
solicitar la portabilidad de sus datos dirigiendo una comunicación por escrito a cada una
de las Partes, a través de las direcciones indicadas en el Convenio. En caso de obtener
satisfacción de sus derechos, podrán presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos u otra autoridad competente.

cve: BOE-A-2022-21296
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.