III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2022-21296)
Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Frómista y la Fundación Iberdrola España, para la iluminación ornamental de las cuatro esclusas del Canal de Castilla en la localidad de Frómista.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

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Previo al inicio de los trabajos, la Comisión de Seguimiento deberá aprobar el
proyecto presentado por la Fundación Iberdrola España.
Cualquier modificación o desviación en la ejecución del Proyecto, sea por razones
técnicas, económicas o de plazo, requerirá la aprobación previa de todas las Partes a
través de la Comisión de Seguimiento y la tramitación, en su caso de la correspondiente
adenda al convenio.
La Comisión de Seguimiento conocerá y dará su conformidad a los contratos de
servicios que la Fundación Iberdrola España necesite llevar a cabo para la ejecución de
los Trabajos de Iluminación objeto del Proyecto.
Asimismo, la Comisión de Seguimiento coordinará cuantas actuaciones se realicen
para la difusión de la colaboración objeto de este Convenio, a los efectos de determinar
la participación de la Fundación Iberdrola España.
Séptima.

Modificación.

La modificación del convenio, sólo podrá efectuarse por acuerdo de las partes
firmantes.
Cualquier modificación del convenio, requerirá en todo caso de la correspondiente
adenda modificativa, con los mismos requisitos y trámites exigidos para la aprobación del
convenio inicial.

8.1 La Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., y el Ayuntamiento de Frómista
comparten el compromiso ético y de buen gobierno de la Fundación Iberdrola España
que inspira su sistema de gobierno y se obligan en el ámbito de la colaboración de este
Convenio a respetar íntegramente la legalidad vigente y las normas de conducta de la
Fundación Iberdrola España y, en particular, su Código Ético.
8.2 Asimismo, la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., y el Ayuntamiento de
Frómista se comprometen en el ámbito de este Convenio a no realizar actuaciones que
vayan, directa o indirectamente, en desprestigio de la Fundación Iberdrola España.
8.3 Las Partes declaran estar permanentemente comprometidas con la aplicación
de prácticas de gobierno éticas y con el mantenimiento, desarrollo y supervisión de
políticas de cumplimiento en todos los ámbitos de su actuación y, de manera muy
particular, en el ámbito del presente Convenio.
8.4 Las Partes se oponen rotundamente a la comisión de cualquier acto ilícito,
penal o de cualquier otra índole e impulsan una cultura preventiva basada en el principio
de «tolerancia cero» hacia la comisión de actos ilícitos y situaciones de fraude y en la
aplicación de los principios de ética y comportamiento responsable.
8.5 Las Partes emplearán en todo momento los más altos estándares de
honestidad, integridad y buena fe.
8.6 La Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., y el Ayuntamiento de Frómista
se comprometen a informar a Fundación Iberdrola España de forma inmediata del
acontecimiento de cualquier incidente o evento que pueda afectar al cumplimiento de las
obligaciones previstas en esta estipulación y, en particular, cualquier hecho que pueda
afectar negativamente a la reputación de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A.,
y/o del Ayuntamiento de Frómista o que vaya en su desprestigio o en el de la Fundación
Iberdrola España, el Grupo Iberdrola o sus patronos.
8.7 Adicionalmente, la CHD y el Ayuntamiento de Frómista declaran y garantizan a
favor de la Fundación Iberdrola España que:
8.8 Toda la información facilitada a la Fundación Iberdrola España, incluida la
contenida en el presente Convenio y en sus anexos, es completa, exacta, veraz,
fidedigna y no induce a error, sin que se haya omitido dato alguno que comprometa su
veracidad. La Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., y el Ayuntamiento de Frómista

cve: BOE-A-2022-21296
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Octava. Código de conducta.