III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2022-21303)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, del Instituto de Astrofísica de Canarias, por la que se publica el Convenio con la Fundación Jesús Serra, para la colaboración en el programa de investigadores visitantes "Fundación Jesús Serra".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

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corresponden de conformidad con el artículo 26 y considerando 79 del RGPD y el
artículo 29 de la LOPDGDD, así como por la normativa sectorial que les afecte.
I.

Datos personales afectados en el desarrollo del Acuerdo.

Para el buen fin del sistema de colaboración suscrito ambas partes, como
responsables del tratamiento, deben comunicarse respectivamente datos personales de
los investigadores participantes en el programa, cuyas categorías y tipos se describen a
continuación:





Datos identificativos: nombre, apellidos y n.º de NIF.
Datos de contacto: n.º de teléfono y e-mail.
Datos laborales: curriculum vitae y logros (informes, trabajos y publicaciones).
Datos geográficos: país de procedencia.

El tratamiento de datos personales incluirá la recogida, consulta, conservación y
comunicación de los datos, incluidas su destrucción y supresión cuando finalice la
relación nacida del presente Acuerdo.
II.

Bases legitimadoras del tratamiento.

Ambos corresponsables, en base a sus propias actuaciones, garantizan que los
datos han sido obtenidos legítimamente y que los interesados han sido debidamente
informados y se ha solicitado su consentimiento para el tratamiento nacido de este
Acuerdo, así como para proceder a la comunicación o comunicaciones derivadas del
cumplimiento del mismo.
En el marco de relaciones existentes entre los corresponsables, y en base a sus
funciones legítimas, no comunicarán los datos recibidos a terceros, salvo que sea
necesario para el cumplimiento de los compromisos adquiridos entre ambas entidades y
así se haya establecido, o le sea requerido por autoridad competente, Jueces o
Tribunales de acuerdo con la legalidad vigente, o en cumplimiento de la ley.

Las particulares responsabilidades y obligaciones de cada parte, se encuentran
recogidas en el presente Acuerdo, comprometiéndose ambas partes a tratar los datos
personales sólo para la finalidad objeto de este Acuerdo.
En concreto, el IAC se compromete a recabar, previamente, todos los
consentimientos expresos de los investigadores participantes que, en su caso, fueren
necesarios para el tratamiento de sus datos personales en la ejecución del convenio.
Será el IAC quién comunicará a la FJS, posteriormente, los datos personales de los
investigadores interesados en participar en el programa, que aquella haya recabado
previamente, para la ejecución del convenio.
Acto seguido, la FJS participará en el proceso de selección de los investigadores,
teniendo acceso a las candidaturas, currículos e información necesaria para la toma de
decisión conjunta con el IAC de los candidatos que definitivamente sean escogidos para
el programa.
En caso de que alguno de los responsables considerara que alguno de los
tratamientos infringe el RGPD, la LOPDGDD o cualquier otra disposición en materia de
protección de datos, ambas partes se informarán de forma inmediata.
IV.

Derechos de los interesados.

Ambos corresponsables se asistirán mutuamente, si ello fuera preciso, en la
respuesta al ejercicio de los derechos que la legislación en materia de protección de
datos personales determina y concede a los interesados. Los interesados podrán

cve: BOE-A-2022-21303
Verificable en https://www.boe.es

III. Obligaciones de los corresponsables.