II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2022-21281)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Universidad de Oviedo, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios, en el marco de estabilización de empleo temporal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

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tal fin como Secretaría General de la Universidad de Oviedo, el expediente administrativo
del concurso y una copia de la documentación presentada por las y los candidatos que,
una vez finalizado el concurso y firme la resolución del mismo, les será devuelta.
7.4 Contra la propuesta de la Comisión de Selección, las personas admitidas al
concurso podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días
hábiles contados a partir del de su publicación en el tablón de anuncios del
Departamento al que está adscrita la plaza.
7.5 Admitida a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos, hasta su
resolución definitiva. Esta reclamación será valorada por la Comisión de Reclamaciones
de la Universidad de Oviedo a que se refiere el artículo 55 de sus Estatutos que velará
por la igualdad de oportunidades de las y los aspirantes y el respeto de los principios de
mérito y capacidad.
7.6 La Comisión de Reclamaciones dispondrá de un plazo máximo de tres meses a
partir de la interposición de la reclamación para ratificar o no la propuesta impugnada, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 156 de los Estatutos. Sus acuerdos serán
vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan la vía administrativa y serán
impugnables directamente ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. De no
dictarse resolución expresa en plazo, la o el reclamante podrá entender desestimada su
reclamación a los efectos de interponer los recursos judiciales que estime pertinentes.
8.

Protección de datos

8.1 La participación en esta convocatoria implica la aceptación de la autorización
para que sus datos personales sean utilizados por la Universidad de Oviedo, de acuerdo
con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal, con el fin de la correcta gestión del concurso. Los datos personales facilitados
por la o el aspirante quedarán incorporados en los ficheros de usuarios de la Universidad
de Oviedo, de acuerdo con lo establecido en la citada Ley Orgánica.
8.2 Con la presentación de la solicitud, la o el aspirante autorizará el uso de sus
datos relativos a nombre, apellidos, plaza solicitada y adjudicación de la misma en el
tablón de anuncios del Departamento correspondiente, así como en la página web de la
Universidad de Oviedo. Asimismo, autoriza la utilización de su correo electrónico a
efectos de notificaciones.
9.

Presentación de documentos y nombramientos

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente, de
ser su nacionalidad distinta de la española.
b) Declaración jurada de no haber sido separada o separado del servicio de
ninguna Administración Pública en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitada o inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas. Las y los concursantes
que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, de conformidad con lo
establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, no haber sido
objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado, el acceso a la
función pública.
c) Declaración de no estar afectada o afectado de incompatibilidad o ejercicio de
opción en el caso de venir desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna
pensión.

cve: BOE-A-2022-21281
Verificable en https://www.boe.es

9.1 Las personas propuestas para la provisión de plazas deberán presentar, en los
veinte días hábiles siguientes al de la publicación de la propuesta de provisión en el
tablón de anuncios del Departamento, en los Registros General y Auxiliares de la
Universidad de Oviedo o por cualesquiera de los medios señalados en el artículo 16 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos: