III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-21295)
Resolución de 21 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 174019

Para el año 2022 ya fueron actualizados los anexos I y II y para los años 2021 y 2022
los anexos III y IV mediante adendas de modificación. Para el año 2023 procede
actualizar los anexos III y IV, y respecto a los anexos I y II se mantienen las mismas
localidades que en los vigentes en el año 2022.
Cuarto.
Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del Convenio
por mutuo acuerdo de las partes.
Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente Adenda de
modificación, con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Se actualizan para 2023 los anexos III y IV del Convenio publicado en el BOE de 2
de julio de 2020 entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el
Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio
Andaluz de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios
sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de
asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. El resto del Convenio
permanecerá con el mismo contenido.
Segunda.
Los anexos III y IV actualizados para 2023 son los que se anexan a este documento
y contienen el coste mensual para el año 2023, calculado en base al número de
mutualistas y beneficiarios de cada grupo residentes en cada tipo de municipio a fecha 1
de mayo de 2022. Aunque los anexos I y II no han sufrido ninguna modificación, se
incluyen en esta Adenda en aras de facilitar la difusión del contenido de los mismos para
facilitar su aplicación.
Tercera.

Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, José Juan Tomás Porter.–El Director Gerente del Servicio Andaluz de
Salud, Diego A. Vargas Ortega.

cve: BOE-A-2022-21295
Verificable en https://www.boe.es

La presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las
partes, y adquirirá eficacia el 1 de enero de 2023 una vez inscrita en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional
séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Estatal, debiendo ser publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización
en el «Boletín Oficial del Estado» (BOE).