II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE SANIDAD. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2022-21233)
Resolución de 17 de noviembre de 2022, de la Organización Nacional de Trasplantes, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, en la categoría de Diplomado Universitario de Enfermería.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 300

Jueves 15 de diciembre de 2022

Sec. II.B. Pág. 173820

6.6 Dadas las dificultades existentes para comprobar de forma fehaciente a través
de la plataforma de intermediación de datos, las causas de exención en la tasa en
aquellas personas aspirantes que residen en Ceuta y Melilla, éstas deberán aportar la
documentación acreditativa especificada correspondiente a cada causa de exención total
o parcialmente, con independencia de la forma de presentación de la solicitud
(presencial o telemática).
6.7 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión de la persona aspirante.
6.8 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación
de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación en el proceso selectivo.
6.9 Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión serán tratados con
la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones
necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se
publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales. La base legal para el tratamiento de estos datos son las
Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Séptima.

Acceso de personas con discapacidad.

7.1 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán requerir, en
el formulario de solicitud, las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
7.2 Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad
7.3 Igualmente, deberán aportar el dictamen Técnico Facultativo emitido por el
órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma
fehaciente las circunstancias que hayan dado origen al grado de discapacidad
reconocido, a efectos de que el Tribunal pueda valorar la procedencia o no de la
concesión de la adaptación solicitada.
Admisión de aspirantes.

8.1 La Dirección General de la ONT, en el plazo de un mes desde la finalización del
plazo de presentación de solicitudes, dictará resolución declarando aprobada la lista de
personas aspirantes admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el
Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (https://
sede.administracion.gob.es) y en la página web de la ONT, se indicarán los lugares en
que se encuentren expuestas al público las listas completas de personas aspirantes
admitidas y excluidas, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar, en su
caso, los defectos que hubieran motivado la exclusión u omisión.
Dichas listas serán elaboradas de acuerdo con lo dispuesto en la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
Tal como se señala en la base 6.3, todo el procedimiento de subsanación deberá
realizarse utilizando medios electrónicos.

cve: BOE-A-2022-21233
Verificable en https://www.boe.es

Octava.