III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ayudas. (BOE-A-2022-21172)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 2 de diciembre de 2022, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas, en el ejercicio presupuestario 2022, destinados a la creación de una Red de Centros de Capacitación Digital, en el marco de la Red Nacional de Competencias Digitales, en el marco del componente 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 173262

entidades. El presente acuerdo se limita a las acciones a desarrollar con las
Comunidades Autónomas.
La creación de una Red de Centros / Aulas de Capacitación Digital se entiende como
una medida para acercar la oferta formativa a toda la ciudadanía a través de aquellos
centros que permitan, por su cercanía y facilidad de acceso, hacer una oferta atractiva
de capacitación digital, con especial atención a los sectores de población más
vulnerable.
La Red de Centros de Capacitación Digital (Aulas) permitirá a la ciudadanía formarse en
competencias digitales transversales necesarias para desenvolverse de forma cotidiana en
una sociedad cada vez más digitalizada, en la que servicios esenciales, tales como la banca,
el acceso a las administraciones públicas o el consumo se hace de forma telemática,
excluyendo de facto a un sector de la población que, bien por su edad, por su bajo nivel de
formación, o por su vulnerabilidad, carecen de las competencias digitales necesarias,
situándolos en clara inferioridad respecto de la población general y empeorando de forma
significativa su calidad de vida. Esos centros van a ofrecer, oportunidades de formación con
independencia del lugar de residencia o formación previa de las personas y facilitando, por
tanto, un acceso a una formación generalizado compatible con las obligaciones de la
ciudadanía derivadas de distintas condiciones personales, laborales o sociales. El público
diana de carácter preferencial serán las personas mayores de 55 años con un nivel bajo de
cualificación, atendiendo especialmente a la brecha de género, que en este rango de edad
está muy pronunciada. No obstante, las acciones formativas que se lleven a cabo en estos
centros podrán alcanzar a otros colectivos de población general, siempre que se encuentren
fuera del sistema educativo y formativo, y que puedan mejorar su calidad de vida a través de
la adquisición de unas competencias digitales básicas.
Los datos de la Encuesta de Población Activa correspondientes al segundo trimestre
de 2022 indican que, del total de la población española mayor de 16 años, el 45,02%
tiene un nivel de formación de ESO o inferior, mientras que ese porcentaje se eleva
al 61,57% para los mayores de 55 años.
Analizando los datos anteriores desagregados por sexo, se determina que, en el
caso de los hombres mayores de 55 años, el porcentaje de personas con nivel de
formación de ESO o inferior, se sitúa en el 57.96%, siendo el de las mujeres el 64.64%.
Estas cifras refuerzan la necesidad de la creación, por parte de Ministerio de
Educación y Formación Profesional, de una red de centros de capacitación digital en los
términos previstos en este acuerdo, entendiendo que la misma se va configurar como un
instrumento especialmente eficaz, y complementario, que no paralelo, a otros existentes,
para mejorar la capacitación digital de la población general.
La inclusión entre los criterios de reparto, con un coeficiente del 65%, del número de
personas con bajo nivel de cualificación, garantiza suficientemente la incidencia positiva
en la reducción de la brecha de género en las actuaciones derivadas del presente
acuerdo al contener un diferencial de fondos destinados a hombres y mujeres, solo por
este coeficiente, de un 4,34% en favor de las mujeres.
Se pretenden, por tanto, conseguir, entre otros objetivos, la capacitación digital de la
ciudadanía más vulnerable, incluyendo entre otras capacidades las que permitan a los
ciudadanos realizar comunicaciones y transacciones seguras en línea con las entidades
bancarias, solicitudes a las administraciones públicas, solicitudes de cita previa en los
servicios de salud, videoconferencias con familiares y amigos, utilización segura de
chats, identificación de «phising», entre otros aspectos, utilizando sus propios
dispositivos electrónicos y la familiarización o «primera alfabetización digital», como
instrumento que les capacita para su vida diaria, pero también como un instrumento que
abre nuevas oportunidades de formación y aprendizaje incardinando esta primera
capacitación digital con la oportunidad de progreso a otra formación más compleja, para
los ciudadanos que así lo deseen.
El valor añadido de esta actuación estriba en la capacidad de poner al servicio de la
ciudadanía en general las infraestructuras y dotaciones de los centros dependientes de
las administraciones educativas a través de la dedicación de aulas, y otros espacios con

cve: BOE-A-2022-21172
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 299