III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2022-21182)
Resolución de 5 de diciembre de 2022, de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. por la que se publica el Convenio educativo con la Universidad de Valladolid, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

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que cubra los daños materiales, personales y sus perjuicios consecuenciales causados a
terceros por el estudiante en el ejercicio de las prácticas.
Séptima. Deberes y derechos de los estudiantes en prácticas.
Son deberes y derechos de los estudiantes en prácticas los señalados en el
artículo 10 del Reglamento de Prácticas de la UVa. En este sentido, los estudiantes
tendrán los siguientes derechos:
a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la empresa,
institución o entidad donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la Universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la entidad colaboradora donde ha
realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad desarrollada, su duración y,
en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la entidad colaboradora.
f) A disponer de los recursos necesarios para el acceso de los estudiantes con
discapacidad a la tutela, a la información, a la evaluación y al propio desempeño de las
prácticas en igualdad de condiciones.
g) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
Asimismo, estarán obligados al cumplimiento de los siguientes deberes:

Octava. Anexo técnico.
Las condiciones específicas en que se concreta el proyecto formativo, quedan
reflejadas en el anexo técnico que se incorpora al presente convenio, suscrito por un
representante de la UVa, y un representante de la entidad colaboradora. Además, el
estudiante que vaya a realizar las prácticas, firmará ese anexo o, en su caso, una
aceptación de la práctica que refleje de forma idéntica las cláusulas del mismo, de tal
forma que, mediante la misma, asumirá expresamente el contenido del presente

cve: BOE-A-2022-21182
Verificable en https://www.boe.es

a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la entidad colaboradora bajo la supervisión del tutor
académico de la universidad. c) Mantener contacto con el tutor académico de la
universidad durante el desarrollo de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que
pueda surgir en el mismo, así como hacer entrega de la memoria final.
d) Incorporarse a la entidad colaboradora en la fecha acordada, cumplir el horario
previsto en el proyecto educativo y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la entidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la entidad
colaboradora y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política de la entidad
colaboradora, salvaguardando el buen nombre de la Universidad de Valladolid.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
convenios suscritos por la Universidad de Valladolid con la entidad colaboradora