III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2022-21168)
Resolución 420/38464/2022, de 9 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y el Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, por el que se fijan las condiciones de colaboración.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299

Miércoles 14 de diciembre de 2022

Sec. III. Pág. 173240

datos personales de la otra parte se realizará en la condición de encargado de
tratamiento de datos personales, y única y exclusivamente conforme a la finalidad que
derive del objeto del acuerdo. Los datos personales no se cederán ni se comunicarán a
terceros, salvo cuando se cedan a encargado de tratamiento o cuando la cesión deba
tener lugar conforme a la legalidad.
Las partes intervinientes en el acuerdo asumen que deben informar a los titulares de
los datos personales de las características del tratamiento de los datos personales que,
en el marco del acuerdo, se llevará a cabo; asumen que han de obtener el
consentimiento de los titulares de los datos personales para llevar a efecto los
tratamientos de los datos personales que sean consecuencia de las actuaciones
previstas en el acuerdo, y también asumen las obligaciones derivadas de la obligación
de implementar las oportunas medidas técnicas y organizativas, así como de
implementar el correspondiente mecanismo que solvente las violaciones de la seguridad
de los datos personales que pudieran producirse; así como que asumen la obligación de
establecer el mecanismo de respuesta al ejercicio por parte de los titulares de los datos
personales de los derechos que derivan de la normativa de protección de datos
personales.
La documentación de cada actividad que se realice al amparo del Acuerdo incluirá la
cláusula del tratamiento concreto los datos personales, con especificación de los puntos
legalmente exigibles.
A fin de garantizar la indemnización efectiva al perjudicado, sin perjuicio de lo
previsto en el artículo 82.5 del RGPD europeo. El ISFAS o el Consejo serán
responsables de los daños y perjuicios que causen, si destinaran los datos personales a
otra finalidad, los comunicaran o utilizaran incumpliendo lo estipulado en este Acuerdo
y/o en la normativa de protección de datos personales.
Las garantías que, en orden a los datos personales, se recogen en esta cláusula
tendrán validez durante la vigencia del acuerdo y sus prórrogas.
Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio en ejemplar por duplicado,
en el lugar y la fecha arriba indicada.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–La Presidenta del Consejo
General de Colegios Oficiales de Podólogos, Elena Carrascosa Romero.
ANEXO
Baremo
Especialidad Podología
Tarifa

Euros

GRUPO: CONSULTA
1

CONSULTA.

30

2

REVISIÓN.

20

P03

ESTUDIO BIOMECÁNICO DE LA PISADA.

50

1318

TOBILLO, PIE, PROYECCIONES SUCESIVAS.

20

1319

TOBILLO, PIE. UNA PROYECCIÓN.

30

RX

cve: BOE-A-2022-21168
Verificable en https://www.boe.es

GRUPO: PRUEBAS DIAGNÓSTICAS