III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-21174)
Resolución de 10 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de restauración colectiva.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 299
Plus de ayuda familiar
Miércoles 14 de diciembre de 2022
25,60€ – año 2022
Sec. III. Pág. 173398
26,24€ – año 2023
26,90€ – año 2024
Seguro accidentes.
Las empresas respecto de
sus trabajadores vendrán
obligadas a concertar una
póliza de seguros en orden
a la cobertura de los
riesgos de muerte e
incapacidad permanente
total para la profesión
habitual derivada de
accidente y que lleve
6.010 euros en los casos de fallecimiento.
aparejada la pérdida del
puesto de trabajo. 2. Dicho 9.015 euros en los supuestos de incapacidad permanente total que lleve aparejada la pérdida del puesto de trabajo.
seguro deberá garantizar a
sus causahabientes o a la
persona que el trabajador
designe, un importe de
6.010 euros en los casos
de muerte y 9.015 euros
en los supuestos de
incapacidad permanente
total que lleve aparejada la
pérdida del puesto de
trabajo.
Gratificaciones
extraordinarias.
1. Los trabajadores afectados por el presente convenio disfrutarán de dos gratificaciones extraordinarias en los meses
de julio y diciembre y en cuantía de un mes de salario según tablas más el complemento ad personam (que sustituye
la suprimida antigüedad para determinados trabajadores).
2. Dicho importe se abonará entre los días 15 y 20 del mes correspondiente. Las empresas y los trabajadores, ya sea
por acuerdo individual o mediante acuerdo de empresa, podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias
durante las doce mensualidades. En caso de que se alcanzase un acuerdo individual con el trabajador, del mismo se
dará conocimiento, previo a su aplicación, a la representación legal de los trabajadores. No obstante, las empresas de
las secciones 3.ª a 9.ª, con excepción de los catering y colectividades, podrán optar porque las pagas extraordinarias
se prorrateen mensualmente.
8.
Sevilla
Salario base
2023
2.5%
Euros
2024
2.5%
Euros
NIVEL 1.
1191,45 1221,24 1251,77
NIVEL 2.
1161,28 1190,32 1220,07
NIVEL 3.
1132,89 1161,21 1190,24
NIVEL 4 y 5 (Monitor/a).
1061,00 1087,53 1114,71
Complementos salariales
Plus Natalidad.
2022
3%
Euros
2023
2.5%
Euros
2024
2.5%
Euros
38,65
39,62
40,61
cve: BOE-A-2022-21174
Verificable en https://www.boe.es
2022
3%
Euros
Núm. 299
Plus de ayuda familiar
Miércoles 14 de diciembre de 2022
25,60€ – año 2022
Sec. III. Pág. 173398
26,24€ – año 2023
26,90€ – año 2024
Seguro accidentes.
Las empresas respecto de
sus trabajadores vendrán
obligadas a concertar una
póliza de seguros en orden
a la cobertura de los
riesgos de muerte e
incapacidad permanente
total para la profesión
habitual derivada de
accidente y que lleve
6.010 euros en los casos de fallecimiento.
aparejada la pérdida del
puesto de trabajo. 2. Dicho 9.015 euros en los supuestos de incapacidad permanente total que lleve aparejada la pérdida del puesto de trabajo.
seguro deberá garantizar a
sus causahabientes o a la
persona que el trabajador
designe, un importe de
6.010 euros en los casos
de muerte y 9.015 euros
en los supuestos de
incapacidad permanente
total que lleve aparejada la
pérdida del puesto de
trabajo.
Gratificaciones
extraordinarias.
1. Los trabajadores afectados por el presente convenio disfrutarán de dos gratificaciones extraordinarias en los meses
de julio y diciembre y en cuantía de un mes de salario según tablas más el complemento ad personam (que sustituye
la suprimida antigüedad para determinados trabajadores).
2. Dicho importe se abonará entre los días 15 y 20 del mes correspondiente. Las empresas y los trabajadores, ya sea
por acuerdo individual o mediante acuerdo de empresa, podrán pactar el prorrateo de las pagas extraordinarias
durante las doce mensualidades. En caso de que se alcanzase un acuerdo individual con el trabajador, del mismo se
dará conocimiento, previo a su aplicación, a la representación legal de los trabajadores. No obstante, las empresas de
las secciones 3.ª a 9.ª, con excepción de los catering y colectividades, podrán optar porque las pagas extraordinarias
se prorrateen mensualmente.
8.
Sevilla
Salario base
2023
2.5%
Euros
2024
2.5%
Euros
NIVEL 1.
1191,45 1221,24 1251,77
NIVEL 2.
1161,28 1190,32 1220,07
NIVEL 3.
1132,89 1161,21 1190,24
NIVEL 4 y 5 (Monitor/a).
1061,00 1087,53 1114,71
Complementos salariales
Plus Natalidad.
2022
3%
Euros
2023
2.5%
Euros
2024
2.5%
Euros
38,65
39,62
40,61
cve: BOE-A-2022-21174
Verificable en https://www.boe.es
2022
3%
Euros